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De conformidad con lo establecido en el artículo 98.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 10 de diciembre de 2015, adoptó el siguiente acuerdo:
1. Atribuir en virtud de lo previsto en el artículo 98.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, con carácter exclusivo, al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Huesca, el conocimiento de los asuntos relativos a concurso de persona natural que no sea empresario/a.
2. El Juzgado especializado conservará, hasta su conclusión por resolución definitiva, el conocimiento de los asuntos que tuviere ya repartidos en el momento de la especialización.
3. La presente medida producirá efectos desde el 1 de enero del año 2016.
Madrid, 10 de diciembre de 2015.–Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.
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