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Advertido un error en la Circular 3/2014, de 30 de julio, del Banco de España, a las entidades de crédito y sociedades y servicios de tasación homologados, por la que se establecen medidas para fomentar la independencia de la actividad de tasación mediante la modificación de las Circulares 7/2010, 3/1998 y 4/2004, y se ejercitan opciones regulatorias en relación con la deducción de activos intangibles mediante la modificación de la Circular 2/2014, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 185, de 31 de julio de 2014, procede efectuar la siguiente rectificación:
En la página 61129, norma tercera, apartado 2, el párrafo numerado como 74 debe numerarse como 73 bis.
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