PREÁMBULO
Los Estatutos de la Universitat Jaume I de Castellón se aprobaron por el Decreto 116/2010, de 27 de agosto, del Consell, de conformidad con las previsiones contenidas en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
La Universitat Jaume I de Castellón interpuso el recurso contencioso-administrativo número 716/2010, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, contra el indicado Decreto 116/2010, en la redacción final dada por el Consell al preámbulo, al apartado i del artículo 5 y a la disposición adicional decimotercera.
El 10 de mayo de 2012, la citada sala dictó la Sentencia número 293/12, en la que estimó parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Universitat Jaume I de Castellón en lo relativo a la disposición adicional decimotercera y al artículo 5, apartado i, desestimando la pretensión relativa al preámbulo, y estableciendo que la Generalitat disponía de un espacio temporal de tres meses para rectificar y publicar la rectificación, en ese espacio de tiempo, en el «Diari Oficial de la Comunitat Valenciana».
Posteriormente, mediante acuerdo dictado el 2 de octubre de 2012 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, se comunicó que con dicha fecha la citada sentencia había sido declarada firme, a fin de que se llevara a puro y debido efecto las declaraciones contenidas en el fallo.
Finalmente, la Universitat Jaume I de Castellón, el 22 de abril de 2013, solicitó la ejecución de la referida sentencia.
Así pues, siendo firme la Sentencia número 293/12 recaída en el recurso contencioso-administrativo número 716/2010, solicitada su ejecución por la Universitat Jaume I de Castellón y requerido su cumplimiento por Resolución de 25 de abril de 2013, del Secretario Judicial de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, procede llevar a efecto lo establecido en la citada sentencia, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Por lo expuesto, a propuesta de la consellera de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 7 de junio de 2013, decreto:
Se modifican los Estatutos de la Universitat Jaume I de Castellón, que figuran como anexo del Decreto 116/2010, de 27 de agosto, del Consell, dándose nueva redacción al artículo 5, apartado i, y a la disposición adicional decimotercera, conforme al texto contenido en el anexo del presente decreto.
El presente decreto se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Diari Oficial de la Comunitat Valenciana».
Valencia, 7 de junio de 2013.–El president de la Generalitat, Alberto Fabra Part.–La Consellera de Educación, Cultura y Deporte, María José Catalá Verdet.
Artículo 5, apartado i:
«Potenciar el conocimiento y el uso de la lengua propia, valenciano según el Estatuto de Autonomía, académicamente lengua catalana, atendiendo su consolidación y plena normalización en toda la comunidad universitaria».
Disposición adicional decimotercera.
«La Universitat Jaume I promoverá una colaboración especial con las otras universidades del ámbito lingüístico catalán a través de la Xarxa Vives d’Universitats».
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