Visto el expediente de indulto de don Hamid El Adnani, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Barcelona, en sentencia de 29 de junio de 2007, como autor de un delito continuado de receptación, a la pena de dos años de prisión; y un delito de falsedad en documento oficial, a la pena de seis meses de prisión y seis meses de multa con una cuota diaria de seis euros, por hechos cometidos en los años 2002-2004, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de diciembre de 2012,
Vengo en conmutar a don Hamid El Adnani las penas privativas de libertad impuestas por otra única de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 7 de diciembre de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid