Contido non dispoñible en galego
Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección General ha acordado publicar en el Boletín Oficial del Estado, el fallo de la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Badajoz, de fecha 13 de junio de 2011, por la que se estima íntegramente las pretensiones de la parte actora contenidas en su escrito de demanda contra la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 11 de diciembre de 2010.
En los autos de juicio verbal número 319/11 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia número 7 de Badajoz, a instancia de don Luis José Moreno Camacho, registrador de la Propiedad de Zafra, frente a la Dirección General de los Registros y del Notariado, se ha dictado sentencia, en fecha 13 de junio de 2011, que contiene el siguiente fallo:
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora doña M. G. A. D., en representación de don Luis José Moreno Camacho frente a la Administración General del Estado, debo declarar y declaro la nulidad de la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de 11 de diciembre de 2010 (BOE, de 16 de febrero de 2011), confirmando la Resolución presunta −firme− desestimatoria del recurso gubernativo interpuesto, y con ello, la calificación realizada por el actor, sin imposición de costas.
Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo. La Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Badajoz.
Madrid, 12 de junio de 2012.–El Director General de los Registros y del Notariado, Joaquín José Rodríguez Hernández.
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