Está Vd. en

Documento BOE-A-2012-7976

Resolución de 14 de mayo de 2012, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se constituye la Mesa de Contratación Permanente del Organismo.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 15 de junio de 2012, páginas 43221 a 43222 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2012-7976
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2012/05/14/(2)

TEXTO ORIGINAL

Tras la entrada en vigor de la Ley 34/2011, de 4 de octubre, reguladora del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, el Museo ha pasado a convertirse en un organismo público de los previstos en la disposición adicional décima de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar pública y privada para el cumplimiento de sus fines.

En materia de contratación, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 34/2011, se regirá por lo dispuesto en la legislación de contratos del sector público, sin perjuicio de las peculiaridades del régimen jurídico de contratación para las actividades comerciales del Museo en las que aplicará las normas previstas en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, para los contratos de poderes adjudicadores que no tengan el carácter de Administración Pública.

La nueva naturaleza del organismo aconseja la constitución, de conformidad con lo establecido en el artículo 320 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, de una Mesa de Contratación permanente en el Museo que asista al órgano de contratación en los procedimientos abiertos y restringidos y en los procedimientos negociados con publicidad a que se refiere el artículo 177.1 de dicha ley. En los procedimientos negociados en que no sea necesario publicar anuncios de licitación, la constitución de la Mesa será potestativa para el órgano de contratación.

Por otra parte, el artículo 21.4 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, exige que si se designa una mesa de contratación con carácter permanente, o se le atribuyen funciones para una pluralidad de contratos, su composición se publique en el «Boletín Oficial del Estado».

En su virtud, resuelvo:

Primero. Constitución de la Mesa de Contratación permanente y atribuciones.

1. Se constituye la Mesa de Contratación permanente del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.

2. La Mesa de Contratación permanente actuará en los supuestos previstos en el artículo 320 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público y en sus normas de desarrollo.

Segundo. Composición de la Mesa de Contratación permanente.

1. La Mesa de Contratación permanente estará integrada por los siguientes miembros:

a) Presidente: El Subdirector Gerente, que podrá ser suplido en caso de ausencia, vacante o enfermedad por el Subdirector Adjunto, y, en su defecto, por el miembro de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por este orden, de entre sus componentes.

b) Vocales:

– Un Abogado del Estado del Servicio Jurídico del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

– El Interventor Delegado en el Organismo.

– El Jefe del Área Económica, que podrá ser suplido en caso de ausencia, vacante o enfermedad por un responsable de categoría igual o superior a Jefe de Servicio.

– El Jefe de la Unidad de Apoyo a Gerencia, que podrá ser suplido en caso de ausencia, vacante o enfermedad por un responsable de categoría igual o superior a Jefe de Servicio.

c) Secretario: Una persona que preste sus servicios en el órgano de contratación con categoría igual o superior a Jefe de Sección, que tendrá voz y no voto, y podrá ser suplido en caso de ausencia, vacante o enfermedad por un responsable de categoría igual o superior.

2. Si así lo requiere la Presidencia de la Mesa, y sin perjuicio de lo previsto en el artículo 320 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, cuando la singularidad del contrato así lo aconseje, a las reuniones de la Mesa podrán incorporarse los funcionarios o asesores especializados que resulten necesarios, que actuarán con voz pero sin voto.

Tercero. Régimen jurídico de la Mesa de Contratación permanente.

1. La Mesa de Contratación permanente se reunirá en aquellos casos en los que la convoque su Presidente, en atención a los expedientes de contratación que haya de conocer y que, de acuerdo con esta resolución, exijan su intervención.

2. Para la válida constitución de la Mesa deberán estar presentes la mayoría absoluta de sus miembros, y, en todo caso, el Presidente, el Secretario, el Abogado del Estado y el Interventor designado.

3. La Mesa de Contratación permanente se regirá, en cuanto a su funcionamiento, por la presente Resolución, por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, por el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarto. Efectos.

La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de mayo de 2012.–El Presidente del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, José Ignacio Wert Ortega.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 14/05/2012
  • Fecha de publicación: 15/06/2012
  • Fecha de entrada en vigor: 16/06/2012
  • Fecha de derogación: 05/07/2022
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Ley de Contratos del Sector Público, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (Ref. BOE-A-2011-17887).
    • art. 21 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo (Ref. BOE-A-2009-8053).
Materias
  • Centro de Arte Reina Sofía
  • Mesas de Contratación
  • Museos

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid