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Documento BOE-A-2012-7252

Cuestión de inconstitucionalidad n.º 2331-2012, en relación con el art. 131.2 de la Ley del Parlamento de Canarias 14/1990, de 26 de julio, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 131, de 1 de junio de 2012, páginas 39380 a 39380 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2012-7252

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 22 de mayo actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 2331-2012 planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Santa Cruz de Tenerife, en el procedimiento ordinario número 97-2005, en relación con el artículo 131.2 de la Ley del Parlamento de Canarias 14/1990, de 26 de julio, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, deferir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento 97-2005, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 22 de mayo de 2012.–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 22/05/2012
  • Fecha de publicación: 01/06/2012
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma y SE DECLARA inconstitucional y nulo el art. 131.2, de la Ley 14/1990, de 26 de julio, por Sentencia 159/2012, de 17 de septiembre (Ref. BOE-A-2012-12957).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad del art. 131.2 de la Ley 14/1990, de 26 de julio (Ref. BOE-A-1990-23140).
Materias
  • Administración Local
  • Ayuntamientos
  • Canarias
  • Cuestiones de inconstitucionalidad

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