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Documento BOE-A-2012-58

Orden EDU/3602/2011, de 12 de diciembre, por la que se autoriza la implantación de enseñanzas de formación profesional en varios centros docentes militares a partir del año 2012.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 2, de 3 de enero de 2012, páginas 215 a 216 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2012-58
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2011/12/12/edu3602

TEXTO ORIGINAL

La Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, prevé que la formación de suboficiales de las Fuerzas Armadas comprenderá la «formación técnica correspondiente a un título de formación profesional de grado superior» (artículo 45.1) y, en consecuencia, contempla que los centros docentes militares que tengan encomendada la formación de estos suboficiales puedan impartir enseñanzas conducentes a la obtención de títulos oficiales de formación profesional, siempre que cuenten con la preceptiva autorización del Ministerio de Educación (artículo 55.3).

De acuerdo con lo establecido en el artículo 65.2 de la citada Ley, los planes de estudios para la obtención de títulos de formación profesional se aprobarán e implantarán conforme a la normativa específica del sistema educativo general.

Teniendo en cuenta lo dispuesto en la disposición adicional séptima «Régimen especial de los centros militares que imparten enseñanza de formación profesional» del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de formación profesional del sistema educativo.

Al amparo de esta misma normativa, la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar del Ministerio de Defensa ha solicitado la autorización de la implantación de enseñanzas de formación profesional en varios centros docentes militares que tienen encomendada la formación de suboficiales, a partir del año 2012.

La Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial y la Dirección General de Formación Profesional han informado favorablemente la solicitud de autorización.

Vistos los informes favorables a la autorización de los centros militares, una vez girada visita a los mismos, por la Subdirección General de Inspección del Ministerio de Educación.

En virtud de lo expuesto, este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Se autoriza la implantación de los Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior en los centros docentes militares relacionados en el Anexo a partir del año 2012.

Segundo.

No podrán implantarse en los centros más enseñanzas que las autorizadas por esta Orden.

Tercero.

Se faculta a la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial para modificar el número de unidades autorizadas.

Madrid, 12 de diciembre de 2011.–El Ministro de Educación, Ángel Gabilondo Pujol.

ANEXO
Centros docentes militares autorizados para impartir enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior

Centro

Código

Localidad/Provincia

Ciclo Formativo

Unidades

Familia Profesional

Academia de Infantería.

45500007

Toledo (Toledo).

Animación de Actividades Físicas y Deportivas.

6

Actividades Físicas y Deportivas.

Asistencia a la Dirección.

6

Administración y Gestión.

Academia de Artillería.

40008561

Segovia (Segovia).

Administración de Sistemas Informáticos en Red.

2

Informática y Comunicaciones.

Mecatrónica Industrial.

2

Instalación y Mantenimiento.

Academia de Caballería.

47011644

Valladolid (Valladolid).

Asistencia a la Dirección.

4

Administración y Gestión.

Academia de Ingenieros del Ejército de Tierra.

28073811

Hoyo de Manzanares (Madrid).

Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.

2

Electricidad y Electrónica.

Proyectos de Obra Civil.

4

Edificación y Obra Civil.

Academia de Logística del Ejército de Tierra.

50001180

Calatayud (Zaragoza).

Administración de Sistemas Informáticos en Red.

2

Informática y Comunicaciones.

Mantenimiento Electrónico.

4

Electricidad y Electrónica.

Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos.

2

Instalación y Mantenimiento.

Sistemas Electrotécnicos y Automatizados.

2

Electricidad y Electrónica.

Mecatrónica Industrial.

2

Instalación y Mantenimiento.

Mantenimiento Aeromecánico.

4

Transporte y Mantenimiento de Vehículos.

Automoción.

6

Transporte y Mantenimiento de Vehículos.

Escuela de Especialidades «Antonio de Escaño».

15032789

Ferrol (A Coruña).

Supervisión y Control de Máquinas e Instalaciones del Buque.

4

Marítimo-Pesquera.

Mantenimiento Electrónico.

4

Electricidad y Electrónica.

Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.

2

Electricidad y Electrónica.

Escuela de Especialidades de la Estación Naval de La Graña (ESENGRA).

15032777

Ferrol (A Coruña).

Transporte Marítimo y Pesca de Altura.

2

Marítimo-Pesquera.

Administración y Finanzas.

2

Administración y Gestión.

Dirección de Cocina.

2

Hostelería y Turismo.

Escuela de Infantería de Marina «General Albacete y Fuster».

30020108

Cartagena (Murcia).

Asistencia a la Dirección (*).

2

Administración y Gestión.

Academia Básica del Aire.

24022331

La Virgen del Camino (León).

Mantenimiento Aeromecánico.

4

Transporte y Mantenimiento de Vehículos.

Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.

4

Electricidad y Electrónica.

(*) Queda supeditado a la terminación de las obras de un nuevo edificio.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 12/12/2011
  • Fecha de publicación: 03/01/2012
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA en la forma indicada, por Orden EFP/696/2019, de 12 de junio (Ref. BOE-A-2019-9584).
  • SE DICTA EN RELACIÓN, sobre currículos aplicables a la formación profesional: Orden ECD/610/2013, de 9 de abril (Ref. BOE-A-2013-4026).
Referencias anteriores
Materias
  • Centros de enseñanza
  • Enseñanza de Formación Profesional
  • Enseñanza Militar

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