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Constituido el nuevo Gobierno, y tras la aprobación del Real Decreto 1823/2011, de 21 de diciembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, se hace necesario reestructurar la Presidencia del Gobierno. En su virtud, a propuesta del Presidente del Gobierno y de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.j) de la Ley 50/1997, de 27 de octubre, del Gobierno,
DISPONGO:
Se introducen las siguientes modificaciones en el Real Decreto 1094/2011, de 15 de julio, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno:
1. Se suprime el apartado 1.d) del artículo 1.
2. Se suprime el apartado 3.2 del artículo 2.
3. El apartado 1 del artículo 5 tendrá la siguiente redacción:
«Bajo la dependencia directa del Presidente del Gobierno, existirá la Oficina Económica del Presidente del Gobierno, a cuyo frente figurará un Director con rango de Secretario de Estado. Corresponde a esta Oficina asistir al Presidente en los asuntos relacionados con la Política Económica.»
4. Se suprime el artículo 9.
5. Se suprimen las disposiciones adicionales tercera y cuarta.
Por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas se realizarán las modificaciones presupuestarias y habilitaciones de créditos precisas para el cumplimiento de lo previsto en este real decreto.
El presente real decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 23 de diciembre de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
MARIANO RAJOY BREY
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