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Documento BOE-A-2010-8904

Cuestión de inconstitucionalidad nº 776-2010, en relación con el artículo 92.8 del Código Civil, en la redacción dada al mismo por la Ley 15/2005, de 8 de julio.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 4 de junio de 2010, páginas 48273 a 48273 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2010-8904

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 19 de mayo actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 776-2010 planteada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra, en el recurso de apelación civil núm. 193/2008, en relación con el artículo 92.8 del Código Civil, en la redacción dada al mismo por la Ley 15/2005, de 8 de julio, por posible vulneración de los artículos 9.3, 14, 18, 24, 39 y 117.3 de la Constitución, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo, deferir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, en su nueva redacción, quienes sean parte en el procedimiento judicial, recurso de apelación civil núm. 193/2008, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 19 de mayo de 2010.–La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 19/05/2010
  • Fecha de publicación: 04/06/2010
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DECLARA la extinción por desaparición sobrevenida de su objeto, por Auto de 30 de octubre de 2012 (Ref. BOE-A-2012-13833).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad:
Materias
  • Código Civil
  • Divorcio
  • Familia
  • Menores
  • Recursos de inconstitucionalidad

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