Está Vd. en

Documento BOE-A-2010-4762

Enmienda a los artículos 7.2 (G) del Convenio Constitutivo del Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola, (publicado en el "Boletín Oficial del Estado" 14 de febrero de 1979 y 29 de marzo de 1979) adoptadas por Resolución 143/XXIX en Roma el 16 de febrero de 2006.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 23 de marzo de 2010, páginas 27951 a 27951 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2010-4762
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/2006/02/16/(1)

TEXTO ORIGINAL

Enmienda al artículo 7.2 (G) del Convenio estableciendo el Fondo Internacional para el Desarrollo Agrícola, adoptada por Resolución 143/XXIX

2. Por consiguiente, se modifica la sección 2 g) del artículo 7 del Convenio Constitutivo del FIDA de manera que diga lo siguiente (las palabras que deben suprimirse están tachadas y las que deben añadirse están subrayadas):

«Salvo que la Junta Ejecutiva decida otra cosa, el Fondo confiará la administración de los préstamos, a los efectos del desembolso de la suma correspondiente al préstamo y la supervisión de la ejecución del proyecto o programa de que se trate, a instituciones o entidades nacionales, regionales, internacionales o de otra índole competentes. Estas instituciones o entidades serán de carácter mundial o, regional o nacional y en cada caso su selección deberá contar con la aprobación del beneficiario. Antes de someter el préstamo a la aprobación de la Junta Ejecutiva, el Fondo se asegurará de que la institución o entidad a la que se confíe la supervisión está de acuerdo con los resultados de la evaluación del proyecto o programa de que se trate. Esto deberá concertarse entre el Fondo y la institución o el organismo encargado de la evaluación, así como la institución o entidad a la que se confiará la supervisión.»

Las presentes Enmiendas entraron en vigor de forma general y para España el 16 de febrero de 2006, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 a) ii) del Convenio.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 12 de marzo de 2010.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Antonio Cosano Pérez.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 16/02/2006
  • Fecha de publicación: 23/03/2010
  • Fecha de entrada en vigor: 16/02/2006
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: el 12 de marzo de 2010.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores, con rectificación del título, en BOE núm. 101, de 27 de abril de 2010 (Ref. BOE-A-2010-6661).
Referencias anteriores
  • ENMIENDAS al art. 7.2.g) del Convenio de 13 de junio de 1976 (Ref. BOE-A-1979-4521).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Cooperación agrícola
  • Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid