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Documento BOE-A-2008-1943

Orden DEF/191/2008, de 28 de enero, por la que se regulan los Premios Defensa.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 31, de 5 de febrero de 2008, páginas 6294 a 6295 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2008-1943
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2008/01/28/def191

TEXTO ORIGINAL

La creación de los Premios Defensa mediante la Orden 298/1999, de 24 de diciembre, permitió al Ministerio de Defensa contar con un instrumento eficaz para acercar a la sociedad en general los temas relacionados con la defensa, la seguridad, la paz, la historia militar y otros ámbitos que conforman la cultura de defensa y, a la vez, servir de reconocimiento a los autores de los trabajos que se presentan a las distintas modalidades para de esa forma incentivar el estudio y la investigación en el sector de la seguridad y defensa. Por su parte, la Orden DEF/3760/2003, de 26 de diciembre, por la que se crean los Premios Defensa, que derogó la anterior, supuso la actualización de los criterios generales y de las modalidades y, en consecuencia, de los requisitos de las convocatorias y de las bases y normas particulares para cada uno de los premios, su cuantía y demás requisitos. El artículo 31 de la Ley Orgánica 5/2005, de 17 de noviembre, de la Defensa Nacional, dispone que el Ministerio de Defensa promoverá el desarrollo de la cultura de defensa con la finalidad de que la sociedad española conozca, valore y se identifique con su historia y con el esfuerzo solidario y efectivo mediante el que las Fuerzas Armadas salvaguardan los intereses nacionales contando para ello con la contribución del conjunto de los poderes públicos. En virtud de dicho mandato legal y de la experiencia acumulada, se hace necesario otorgar un nuevo enfoque a las diferentes modalidades de los Premios Defensa para potenciar su contribución a la promoción del desarrollo de la cultura de defensa. Esta nueva orientación requiere una nueva orden ministerial que permita estimular aún más la investigación en las cuestiones relacionadas con la defensa, la seguridad y la paz, así como fomentar su divulgación a través de los medios de comunicación social. En su virtud, de acuerdo con las facultades que me confiere el artículo 4.1 b) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, dispongo:

Primero. Finalidad.-Se establecen los Premios Defensa para trabajos originales sobre cuestiones relacionadas con la defensa, la paz, la seguridad, la geografía y la historia militar que hayan sido desarrollados en alguna de las universidades, institutos, fundaciones, asociaciones y centros docentes de estudios militares españoles; para aquellos otros que hayan tenido difusión en prensa escrita, radio y televisión españolas, y para aquellos artículos sobre aspectos jurídicos relacionados con el ámbito de la defensa, en recuerdo del Teniente General Honorífico del Cuerpo Jurídico Militar y Magistrado de la Sala Quinta del Tribunal Supremo Don. José Francisco de Querol y Lombardero.

Segundo. Ámbitos de actuación.-Los Premios Defensa abarcarán las áreas siguientes:

a) Trabajos de investigación: Trabajos desarrollados en universidades, institutos, fundaciones, asociaciones y centros docentes de estudios militares relacionados con la defensa, la paz, la seguridad, la geografía e historia militar. A este premio podrán concurrir los autores de tesis doctorales, tesinas y otros trabajos de investigación así como los autores de monografías y memorias confeccionadas durante los cursos seguidos en centros docentes de estudios militares.

b) Medios de comunicación social: A esta modalidad podrán concurrir los autores de aquellos trabajos sobre temas relacionados con la defensa, la paz y la seguridad que hayan tenido difusión en prensa escrita, radio o televisión. c) Premio José Francisco de Querol y Lombardero: A este premio podrán concurrir los autores de artículos o estudios de investigación sobre aspectos jurídicos relacionados con el ámbito de la defensa o de la Jurisdicción Militar, el Derecho Militar en general y particularmente, del Derecho Internacional de los derechos humanos y el Derecho Internacional Humanitario. d) Se establece este premio para reconocer y recompensar la labor continuada de una persona o entidad cuyos trabajos o colaboraciones -en el ámbito literario, artístico o científico -estén ligados a la Defensa, la Paz y la Seguridad. Este premio extraordinario no tendrá necesariamente carácter anual y podrá ser adjudicado sin convocatoria.

Tercero. Bases reguladoras y convocatorias.-Las bases, las normas particulares para cada uno de los premios, su cuantía y demás requisitos se darán a conocer en las convocatorias que al efecto se publiquen.

Los Premios Defensa, excepto el extraordinario, se convocarán anualmente mediante orden ministerial y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto. Resolución y publicidad.-Los premios se otorgarán por Orden del Ministro de Defensa que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, a propuesta del jurado que se constituya a tal fin.

Disposición derogatoria única.

Queda derogada la Orden DEF/3760/2003, de 26 de diciembre, por la que se crea los Premios Defensa, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en esta orden.

Disposición final primera. Medidas de desarrollo.

La Dirección General de Relaciones Institucionales de la Defensa adoptará las medidas necesarias para desarrollar y aplicar lo establecido en esta orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de enero del 2008.-El Ministro de Defensa, José Antonio Alonso Suárez.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 28/01/2008
  • Fecha de publicación: 05/02/2008
  • Fecha de entrada en vigor: 06/02/2008
  • Fecha de derogación: 08/02/2013
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Orden DEF/156/2013, de 21 de enero (Ref. BOE-A-2013-1298).
  • SE MODIFICA la disposición adicional 1, por Orden DEF/784/2012, de 12 de abril (Ref. BOE-A-2012-5225).
Referencias anteriores
  • DEROGA la Orden DEF/3760/2003, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2004-464).
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Ministerio de Defensa
  • Premios

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