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El apartado quinto de la Orden PRE/989/2004, de 15 de abril, por el que se establecen los criterios generales de tramitación telemática de determinados procedimientos por el Ministerio de la Presidencia y los organismos públicos adscritos al departamento y se crea un registro telemático para la presentación de escritos y solicitudes, delega en el Subsecretario del Ministerio de la Presidencia la competencia para incluir nuevos procedimientos, trámites y comunicaciones a los que sea de aplicación lo dispuesto en la citada orden. La Orden PRE/1563/2006, de 19 de mayo, por la que se regula el procedimiento para la remisión telemática de las disposiciones y actos administrativos de los departamentos ministeriales que deban publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» requiere la inclusión del mencionado procedimiento entre los previstos en la Orden PRE/989/2004, de 15 de abril. En consecuencia, resuelvo:
Se incluye el procedimiento de remisión telemática de las disposiciones y actos administrativos de los departamentos ministeriales que se publican en el «Boletín Oficial del Estado» en el anexo I de la Orden PRE/989/2004, de 15 de abril, por la que se establecen los criterios generales de tramitación telemática de determinados procedimientos por el Ministerio de la Presidencia y los organismos públicos adscritos al departamento y se crea un registro telemático para la presentación de escritos y solicitudes.
Madrid, 19 de mayo de 2006.-La Vicepresidenta Primera y Ministra de la Presidencia, P. D. (Orden PRE/989/2004, de 15 de abril), el Subsecretario de la Presidencia, Luis Herrero Juan.
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