Está Vd. en

Documento BOE-A-2006-8471

Orden PRE/1441/2006, de 28 de abril, por la que se da publicidad al Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se establece el Día del Cooperante.

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 13 de mayo de 2006, páginas 18506 a 18507 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2006-8471
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2006/04/28/pre1441

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 28 de abril de 2006, a propuesta de la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia y del Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, ha adoptado el Acuerdo por el que se establece el Día del Cooperante.

Para general conocimiento se procede a la publicación del referido Acuerdo que figura como anexo a la presente Orden.

Madrid, 28 de abril de 2006.

FERNÁNDEZ DE LA VEGA SANZ

ANEXO Acuerdo por el que se establece el Día del Cooperante

La figura del cooperante representa un elemento fundamental de la ayuda al desarrollo que nuestro país presta a los países en desarrollo. Su lucha tenaz y desinteresada contra la pobreza y el hambre que padecen amplios sectores de la humanidad, su esfuerzo diario por promover en ellos la educación, la salud y el acceso a los servicios básicos para las poblaciones excluidas, mediante una mejor redistribución de la riqueza y a través del ejercicio de la ciudadanía democrática y participativa, constituyen un estímulo y un ejemplo para todos.

Este colectivo, formado en la actualidad por unas mil quinientas personas, hombres y mujeres que ejercen su labor en distintos países del mundo, tiene sin duda el reconocimiento, la consideración, la atención y el respeto de la sociedad española, como también lo tienen los y las integrantes de distintas órdenes religiosas que prestan desinteresadamente labores asistenciales y de desarrollo en muchos países del mundo. Se trata ahora de hacer objeto de reconocimiento público a estos profesionales que trabajan en la cooperación y que luchan todos los días por construir un mundo más humano. En el año 1998 se aprobó la Ley de Cooperación Internacional que establecía que se regularía el Estatuto del Cooperante. Hoy este Gobierno ha aprobado el texto del Estatuto del Cooperante que ha sido informado favorablemente por todos los organismos consultivos de cooperación. Es hoy también, por tanto, una fecha inmejorable para instituir el Día del Cooperante, con el objetivo de manifestar la gratitud de la sociedad hacia estas personas, así como de difundir y promover la labor que realizan y los valores que representan. En su virtud, a propuesta de la Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia y del Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, el Consejo de Ministros acuerda:

Primero.-Establecer la fecha del 8 de septiembre de todos los años como Día del Cooperante, coincidiendo con la fecha de la Declaración del Milenio adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en la Octava Sesión Plenaria de 2000.

Segundo.-El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación promoverá, tanto en España como en el extranjero, las diversas actividades que hayan de dar contenido a la celebración de dicho día oficial, para lo cual podrá recabar la colaboración de otros departamentos, órganos o entidades, públicas o privadas.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 28/04/2006
  • Fecha de publicación: 13/05/2006
Referencias anteriores
  • EN RELACIÓN con el Real Decreto 519/2006, de 28 de abril (Ref. BOE-A-2006-8466).
Materias
  • Conmemoraciones
  • Cooperación internacional

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid