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Documento BOE-A-2005-21593

Orden PRE/4108/2005, de 29 de diciembre, por la que se crea el Premio Institucional Mujer y Publicidad «Crea igualdad» y se convoca el otorgamiento del correspondiente al año 2005.

Publicado en:
«BOE» núm. 312, de 30 de diciembre de 2005, páginas 43217 a 43218 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2005-21593
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2005/12/29/pre4108

TEXTO ORIGINAL

El Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se adoptan medidas para favorecer la igualdad entre mujeres y hombres, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 8 de marzo, mediante Orden de 7 de marzo, PRE/525/2005, prevé el establecimiento de un premio institucional al tratamiento de la imagen de la mujer en la publicidad, que con carácter anual, premiará el anuncio o campaña publicitaria comercial emitida por cualquier cadena de televisión española, de ámbito nacional, que se haya destacado por promover valores de igualdad, proyectando así una imagen igualitaria entre hombres y mujeres. El objetivo del premio es fomentar una imagen igualitaria entre los sexos, evitando estereotipos sexistas a través de la publicidad, todo ello en beneficio de una imagen que dignifique el papel de las mujeres en la sociedad y lo aproxime a la realidad actual, En su virtud, a propuesta del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales y de este Ministerio, dispongo:

Artículo 1. Creación del premio Mujer y Publicidad «Crea igualdad».

En cumplimiento del Acuerdo del Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, publicado en el BOE de 8 de marzo, mediante Orden de 7 de marzo de 2005, PRE/525/2005, se crea el Premio Institucional Mujer y Publicidad «Crea Igualdad».

El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y el Ministerio de la Presidencia, a través del Instituto de la Mujer, otorgarán anualmente el premio Mujer y Publicidad «Crea Igualdad» a aquel anuncio o campaña publicitaria comercial emitidos por cualquier cadena de televisión española de ámbito nacional, que se haya destacado por valorar y dignificar el papel de la mujer y promueva la igualdad de derechos y oportunidades entre sexos.

Artículo 2. Premio.

Se premiará de manera conjunta al anunciante promotor del spot o campaña y a la agencia de publicidad responsable de la creatividad. El premio consistirá en un trofeo conmemorativo y en la difusión de un spot en el que, a partir de las imágenes del anuncio premiado, se destacarán los valores objeto del premio, mediante una post-producción acordada por el anunciante, la agencia y el Instituto de la Mujer.

Artículo 3. Financiación.

El importe del premio se satisfará con cargo a las aplicaciones presupuestarias, 25.02.921O.227.06 por parte del Ministerio de la Presidencia y 19.105.232B.227.06 por parte del Instituto de la Mujer -Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Artículo 4. Convocatoria y otorgamiento.

El Premio se convocará y otorgará con carácter anual. La convocatoria se efectuará mediante Orden, a propuesta conjunta del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales y de la Ministra de la Presidencia, y se publicará en el último trimestre del año. Será otorgado al año siguiente el día 8 de marzo, día en que se conmemora el Día Internacional de la Mujer, o la fecha cercana a ésta que se considere más adecuada.

Se tendrán en cuenta todos los anuncios o campañas comerciales que se hayan emitido durante el año natural correspondiente al de cada convocatoria. La Directora General del Instituto de la Mujer u órgano en quien éste delegue elevará al jurado las candidaturas oportunas mediante propuesta razonada dirigida a la Presidencia del jurado una vez constituido el mismo. La resolución de concesión del premio se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Artículo 5. Jurado.

El anuncio o campaña premiada se decidirá por un jurado compuesto de la siguiente manera: Presidente: el Secretario de Estado de Comunicación o persona en quien delegue, con rango mínimo de Director General.

Vicepresidenta: la Secretaria General de Políticas de Igualdad o persona en quien delegue, con rango mínimo de Director General. Vocales:

Directora del Instituto de la Mujer, o persona en quien delegue

Directora de Comunicación de la Vicepresidenta Primera del Gobierno, o persona en quien delegue. Un representante a propuesta del Ministerio de la Presidencia y otro a propuesta del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, designados por dichos Departamentos. Dos profesionales de reconocido prestigio en el sector de la publicidad y la comunicación a propuesta conjunta del Secretario de Estado de Comunicación y de la Directora del Instituto de la Mujer u órgano en quien éste delegue y designados por dichos órganos.

Actuará como Secretario el funcionario del Instituto de la Mujer que se designe por parte de dicho organismo.

El jurado se constituirá y resolverá sobre el anuncio o campaña publicitaria premiada, en la primera quincena del mes de febrero de cada año. La propuesta ganadora se decidirá por la mayoría de los votos de los miembros del jurado asistentes a la reunión. En lo no previsto en esta Orden se estará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero. La entrega del Premio se realizará en un acto público, que contará con la presencia de las instituciones implicadas y al que se otorgará la solemnidad y difusión adecuada.

Artículo 6. Convocatoria para el año 2005.

Se convoca el otorgamiento del Premio Mujer y Publicidad «Crea Igualdad», correspondiente al año 2005, en el cual se considerarán todas aquellas campañas o anuncios emitidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2005. El premio consistirá en un trofeo conmemorativo y en la difusión de un spot, que se realizará según lo establecido en el artículo segundo de esta Orden.

Artículo 7. Dotación del premio.

La postproducción del spot al que se refiere el artículo segundo será financiada con cargo a la dotación del premio, y la cuantía máxima será de 60.000 euros, previa presentación de un presupuesto que deberá ser aceptado por los Ministerios convocantes. Esta cantidad será financiada a partes iguales por el Ministerio de la Presidencia y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. La diferencia entre la dotación máxima y el coste final de la postproducción, si la hubiera, incrementará la cuantía de las inserciones gratuitas en Televisión Española, previstas en el artículo 8 apartado b).

Artículo 8. Difusión.

Dicha difusión se llevará a cabo en los términos que se detallan a continuación: a) La agencia de publicidad responsable de la creatividad del anuncio premiado realizará la postproducción necesaria para ajustar el contenido del anuncio a la finalidad establecida.

b) El anuncio resultante de la postproducción resaltará el hecho de haber obtenido el premio institucional «Crea Igualdad», y los valores que le han hecho merecedor del mismo. Será emitido de forma gratuita por Televisión Española en base a un presupuesto de inversión en medios de 250.000 euros.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 29 de diciembre de 2005.

FERNÁNDEZ DE LA VEGA SANZ

Sr. Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 29/12/2005
  • Fecha de publicación: 30/12/2005
  • Fecha de entrada en vigor: 31/12/2005
Referencias anteriores
  • EN RELACIÓN con la Orden PRE/525/2005, de 7 de marzo (Ref. BOE-A-2005-3773).
Materias
  • Igualdad de oportunidades
  • Instituto de la Mujer
  • Mujer
  • Premios
  • Publicidad
  • Televisión

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