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Documento BOE-A-2005-13545

Orden TAS/2562/2005, de 28 de julio, por la que se modifica la Orden TAS/2783/2004, de 30 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas mediante contratos para la formación de los trabajadores, en desarrollo del Real Decreto 1046/2003, de 1 de agosto, por el que se regula el Subsistema de Formación Profesional Continua.

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 5 de agosto de 2005, páginas 27721 a 27722 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2005-13545
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2005/07/28/tas2562

TEXTO ORIGINAL

La Orden TAS/2783/2004, de 30 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas mediante contratos programa para la formación de los trabajadores, en desarrollo del Real Decreto 1046/2003, de 1 de agosto, por el que se regula el Subsistema de Formación Profesional Continua, contempla la existencia de diferentes tipos de contratos programa, tanto para el ámbito estatal como autonómico. Entre los distintos tipos de contratos programa se encuentran los contratos programa para la ejecución de planes dirigidos a la formación de trabajadores de un sector productivo concreto, con el fin de desarrollar acciones formativas de interés general para dicho sector y satisfacer necesidades específicas de formación del mismo. La Orden TAS/2783/2004, de 30 de julio, exige, para poder suscribir este tipo de contratos programa en el ámbito autonómico, el previo acuerdo de la negociación colectiva sectorial estatal y la concurrencia de alguno de los supuestos que se establecen en el apartado segundo, letra b), de la citada norma. Al objeto de favorecer el desarrollo de la formación continua sectorial en el ámbito autonómico, se considera conveniente eliminar el mencionado requisito relativo al previo acuerdo de la negociación colectiva sectorial estatal, así como los supuestos en los que cabe la suscripción de este tipo de contratos programa, respetándose, en todo caso, los criterios acordados en el marco de la negociación colectiva sectorial estatal, según lo previsto en el artículo 19.2.c) del Real Decreto 1046/2003, de 1 de agosto, por el que se regula el subsistema de formación profesional continua. En su virtud, consultadas las organizaciones empresariales y sindicales representadas en la Comisión Estatal de Formación Continua, previo informe de la Abogacía del Estado en el Departamento y de la Intervención Delegada de la Intervención General del Estado en el Servicio Público de Empleo Estatal, dispongo:

Artículo único.

Se modifica el apartado Segundo. Uno, letra b) de la Orden TAS/2783/2004, de 30 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas mediante contratos programa para la formación de los trabajadores, en desarrollo del Real Decreto 1046/2003, de 1 de agosto, por el que se regula el Subsistema de Formación Profesional Continua, que quedará redactado en los siguientes términos: «b) Contratos programa para la ejecución de planes de formación amparados en la negociación colectiva de ámbito sectorial estatal, dirigidos a la formación de trabajadores de un sector productivo concreto, con el fin de desarrollar acciones formativas de interés general para dicho sector y satisfacer necesidades específicas de formación del mismo.

En los ámbitos estatal y autonómico, los contratos programa para la ejecución de planes de formación continua sectoriales deberán respetar los criterios acordados en el marco de la negociación colectiva sectorial estatal, según lo previsto en el artículo 19.2.c) del Real Decreto 1046/2003, de 1 de agosto, por el que se regula el subsistema de formación profesional continua.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de julio de 2005.

CALDERA-SÁNCHEZ CAPITÁN

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 28/07/2005
  • Fecha de publicación: 05/08/2005
  • Fecha de entrada en vigor: 06/08/2005
Referencias anteriores
  • MODIFICA el apartado 2.1.b) de la Orden TAS/2783/2004, de 30 de julio (Ref. BOE-A-2004-15124).
Materias
  • Formación profesional
  • Servicio Público de Empleo Estatal
  • Subvenciones
  • Trabajadores

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