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Documento BOE-A-2004-18258

Cuestión de inconstitucionalidad número 4569-2004, en relación con el inciso "o para la realización de actividades propias de su profesión por cuenta de aquéllas" del n.º 1 del artículo 17 de la Ley 11/2002, de 12 de diciembre, de Colegios y Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura.

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 26 de octubre de 2004, páginas 35230 a 35230 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-2004-18258

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por providencia de 5 de octubre actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 4569-2004 planteada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Cáceres, en relación con el inciso "o para la realización de actividades propias de su profesión por cuenta de aquéllas" del n.º 1 del artículo 17 de la Ley 11/2002, de Colegios y Consejos de Colegios Profesionales de Extremadura por posible vulneración del artículo 149.1.18 de la Constitución.

Madrid, 5 de octubre de 2004.-El Secretario de Justicia.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 05/10/2004
  • Fecha de publicación: 26/10/2004
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DECLARA la EXTINCIÓN por desaparición sobrevenida de su objeto, por Auto de 12 de marzo de 2013 (Ref. BOE-A-2013-3204).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad del inciso indicado del art. 17.1 de la Ley 11/2002, de 12 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-1813).
Materias
  • Colegios Profesionales
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Extremadura

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