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Documento BOE-A-2004-18249

Resolución de 8 de octubre de 2004, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se desarrollan las normas para ingreso de las cotizaciones y control de la recaudación y se dictan las especificaciones técnicas para el envío de información.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 25 de octubre de 2004, páginas 35214 a 35220 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2004-18249
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2004/10/08/(1)

TEXTO ORIGINAL

En desarrollo de la Disposición Final Segunda del Reglamento General del Mutualismo Administrativo, aprobado por Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo (BOE de 11.04.03), se publicó la Orden APU/284/2004, de 2 de febrero (BOE de 14.02.04), que regula el procedimiento de ingreso de las cotizaciones de los mutualistas a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

Como consecuencia, se hace necesario actualizar la Resolución en la que se determina el procedimiento de pago de dichas cotizaciones, y las especificaciones técnicas de la información periódica a suministrar a MUFACE sobre los pagos, así como sobre los cotizantes.

En este sentido, esta Resolución, que sustituye a la normativa hasta ahora vigente en la materia, en especial a la Resolución de 21 de diciembre de 1995 (B.O.E. de 4-1-96), tiene como finalidad no sólo incorporar los cambios normativos y de procedimiento que se han producido desde aquella fecha, sino también simplificar la gestión y mejorar la calidad de la información.

Por estos motivos resulta necesario implantar un nuevo modelo de suministro de datos, y unas nuevas especificaciones técnicas para el intercambio electrónico de la información que sustituirá al actual sistema.

En consecuencia, esta Dirección General ha resuelto aprobar, en aplicación de la Orden de 2 de febrero de 2004, del Ministerio de Administraciones Públicas antes citada, respecto al pago de cotizaciones y al envío de información periódica a MUFACE, la siguiente resolución:

I. Régimen General de Cotización

1. Ámbito de aplicación. De acuerdo con el apartado tercero, punto 1 de la Orden Ministerial APU/284/2004, de 2 de febrero, que regula el procedimiento de ingreso de las cotizaciones de los mutualistas a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, están sometidos al Régimen General de cotización los mutualistas obligatorios cuyas habilitaciones u oficinas pagadoras retienen de su nómina el importe de la cuota de la Mutualidad.

2. Forma de pago y lugar de ingreso. El importe de las cotizaciones será ingresado únicamente mediante transferencia bancaria, y por un sólo importe por cada mes nómina, en el plazo de los cinco primeros días del mes siguiente al de referencia. Las órdenes de transferencia de las cotizaciones descontadas en nómina, se expedirán a favor de las cuentas abiertas por MUFACE en las entidades financieras, que se relacionan en el anexo I de esta Resolución.

3. Información a suministrar a MUFACE sobre cotizaciones. En el anexo II de esta Resolución figura el modelo de comunicación de transferencias que, en desarrollo de lo establecido en el apartado tercero, punto 1.2.ª) de la Orden Ministerial citada, deberán remitir mensualmente a la Mutualidad, una vez realizado el pago, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y las Delegaciones de Economía y Hacienda respecto de los mutualistas destinados en la Administración General del Estado, los órganos competentes de las Administraciones de las Comunidades Autónomas en relación con los mutualistas en servicio en dichas Comunidades y las habilitaciones u oficinas pagadoras, en el caso de los funcionarios que presten servicios en Organismos Autónomos y otros Organismos o entidades del sector público.

En el anexo III de esta Resolución figuran las especificaciones técnicas de la información a suministrar periódicamente a MUFACE en materia de pagos y cotizantes, en desarrollo de lo establecido en el apartado tercero, punto 1.2.b) de la Orden Ministerial antedicha. Igualmente se recoge en este anexo el procedimiento y requerimientos de la transmisión telemática de dicha información.

Este nuevo formato, y su transmisión telemática, entrará en funcionamiento a partir del 1 de diciembre de 2004.

II. Régimen Singular de Cotización

1. Ámbito de aplicación. De acuerdo con el apartado tercero, punto 2 y apartado quinto de la Orden Ministerial antedicha el régimen singular se aplicará a los mutualistas obligatorios en alta en situación de servicios especiales, en el caso de que no puedan hacer efectivo el pago de sus cuotas por el régimen general de cotización, así como los funcionarios que soliciten el mantenimiento facultativo del alta como mutualistas voluntarios y los socios y beneficiarios de las mutualidades integradas en el Fondo Especial de MUFACE 

2. Forma de pago y lugar de ingreso. En los dos primeros casos citados en el párrafo anterior, los interesados se dirigirán a los Servicios Provinciales u Oficinas Delegadas de MUFACE para tramitar la correspondiente autorización de pago de las cuotas mediante domiciliación bancaria, tal como establece el apartado tercero, punto 2.2 de la citada Orden Ministerial, sobre cotizaciones de los mutualistas a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

En el caso de los socios y beneficiarios de las mutualidades integradas en el Fondo Especial, MUFACE les girará los recibos, de acuerdo con los datos obrantes en la Mutualidad.

3. Información a suministrar a MUFACE sobre cotizaciones. La información sobre las cotizaciones sujetas al régimen singular de cotización se obtendrá directamente por la Mutualidad, de la gestión de cobro de los recibos, si bien los mutualistas deberán aportar los justificantes que les fueran requeridos por la Mutualidad, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado tercero, punto 2.7 de la antedicha Orden Ministerial.

Disposición transitoria.

No obstante lo dispuesto en el apartado I,3, último párrafo de esta Resolución, la fecha límite de utilización de los soportes correspondientes al formato anterior a la entrada en vigor de la misma será el 31 de marzo de 2005.

Disposición derogatoria.

A la entrada en vigor de la presente Resolución quedarán derogadas las siguientes Resoluciones:

a) Resolución de 21 de diciembre de 1995, de la Dirección General de MUFACE por la que se aprueban las especificaciones técnicas de la información a suministrar a MUFACE sobre cotizaciones y otras instrucciones complementarias.

b) Resolución de 5 de junio de 1996, de la Dirección General de MUFACE, por la que se hace pública la relación de las cuentas de ingreso de las cotizaciones individuales a MUFACE.

c) Resolución de 16 de febrero de 2001 de la Dirección General de MUFACE, por la que se modifica parcialmente la Resolución de 5 de junio de 1996.

d) Resolución de 24 de julio de 2001, de la Dirección General de MUFACE sobre aplicación del euro en el pago de las cotizaciones de los mutualistas a MUFACE.

Disposición final.

La presente Resolución entrará en vigor el 1 de diciembre de 2004. Madrid, 8 de octubre de 2004.—La Directora general, Carmen Román Riechmann.

ANEXO I
Cuentas de recaudación de cotizaciones
Plaza Oficinas BBVA C.C.C. Dirección
Madrid. Oficina Central Institucional. 0182 2370 42 020099910 4 Alcalá, 16, 6.a planta.
Cta. Centralizada.      
Álava. Vitoria O. Institucional. 0182 5685 04 020099910 0 Eduardo Dato, 12.
Albacete. Albacete O. Institucional. 0182 1914 97 020099910 5 Martínez Villena, 13.
Alicante. Alicante O. Institucional. 0182 5596 98 020099910 3 Rambla Méndez Núñez, 42.
Almería. Almería O. P. 0182 4689 76 020099910 7 General Tamayo, 7.
Asturias. Oviedo O. Institucional. 0182 5647 00 020099910 8 Mendizábal, 1.
Ávila. Ávila O. P. 0182 0170 31 020099910 6 Reyes Católicos, 8.
Badajoz. Badajoz O. Institucional. 0182 1487 52 020099910 4 Obispo San Juan de Ribera, 15.
Baleares. P. Mallorca O. Institucional. 0182 5747 49 020099910 1 Plaza del Olivar, s/n.
Barcelona. Barcelona O. Institucional. 0182 7305 59 020099910 1 Plaza de Cataluña, 5.
Burgos. Burgos O. P. 0182 7924 74 020099910 0 Avda. General Yagüe, 5.
Cáceres. Cáceres O. Institucional. 0182 1846 68 020099910 3 Avda de España, 29.
Cádiz. Cádiz O Institucional. 0182 7557 81 020099910 6 Ramón de Carranza, 28.
Cantabria(*). Santander O Institucional. 0182 5880 59 020099910 1 Avda de Calvo Sotelo, 17.
Castellón Pl. Castellón O P. 0182 7318 69 020099910 1 Trinidad, 14.
Ceuta. Ceuta O Institucional. 0182 3151 90 020099910 8 Paseo de Revellín, 5.
Ciudad Real. Ciudad Real O Institucional. 0182 7903 87 020099910 5 General Aguilera, 15.
Córdoba. Córdoba O Institucional. 0182 5909 17 020099910 5 Avda del Gran Capitán, 5.
Coruña, La. La Coruña O Institucional. 0182 2200 10 020099910 8 Cantón Pequeño, 18-21.
Cuenca. Cuenca O P. 0182 4498 28 020099910 3 Parque de San Julián, 8.
Gerona. Gerona O P (*). 0182 4814 07 020099910 5 Joan Maragall, 36.
Granada. Granada O Institucional. 0182 5695 85 020099910 9 Plaza de Isabel la Católica, 1.
Guadalajara. Guadalajara O P. 0182 283O 38 020099910 3 Plaza de Santo Domingo, 8.
Guipúzcoa. San Sebastián O Institucional. 0182 5709 45 020099910 9 Idiakez, 9-11.
Huelva. Huelva O P. 0182 7643 63 020099910 2 Avda de Martín Alonso Pinzón, 2.
Huesca. Huesca O P. 0182 3107 17 020099910 5 Zaragoza, 4.
Jaén. Jaén O P. 0182 3200 15 020099910 9 Plaza de la Constitución, 7.
León. León O Institucional. 0182 1135 91 020099910 6 Ordoño II, 8.
Lérida. Lérida O P. 0182 0378 70 020099910 8 Avda de Francesc Macià, 17.
Lugo. Lugo O P. 0182 7256 24 020099910 0 Reina, 23.
Málaga. Málaga O Institucional. 0182 5918 46 020099910 7 Marqués de Larios, 12-14.
Melilla. Melilla O P. 0182 7348 80 020099910 8 Avda del Ejército Español, 16.
Murcia. Murcia O Institucional. 0182 5639 28 020099910 3 Libertad, 6, 1o.
Navarra. Pamplona O Institucional. 0182 5912 77 020099910 5 Avda de Carlos III, 33.
Orense. Orense O P. 0182 4730 33 020099910 2 Rua do Paseo, 18.
Palencia. Palencia O P. 0182 7905 75 020099910 9 Joaquín Costa, 1.
Las Palmas GC. Las Palmas O Institucional. 0182 5925 87 020099910 5 Albareda, 6.
Pontevedra. Pontevedra O P. 0182 0465 19 020099910 1 Pl de Galicia, 5, PolCampolongo.
La Rioja. Logroño O Institucional. 0182 3500 20 020099910 8 Miguel Villanueva, 1.
Salamanca. Salamanca O P. 0182 7925 16 020099910 7 Toro, 29.
S C Tenerife. Tenerife O Institucional. 0182 5717 22 020099910 4 La Marina, 5.
Segovia. Segovia O P. 0182 6843 16 020099910 7 Gobernador Fernández Jiménez, 4.
Sevilla. Sevilla O Institucional. 0182 5566 71 020099910 6 Rioja, 26, 3.ª Planta.
Soria. Soria O P. 0182 6844 62 020099910 4 Campo, 1.
Tarragona. Tarragona O P. 0182 6240 60 020099910 8 Rambla Nova, 109-111.
Teruel. Teruel O P. 0182 4390 22 020099910 4 Plaza de la Catedral, 11.
Toledo. Toledo O Institucional. 0182 6330 23 020099910 2 Comercio, 43.
Valencia. Valencia O Institucional. 0182 5941 47 020099910 5 Pintor Sorolla, 1-3.
Valladolid. Valladolid O Institucional. 0182 5579 81 020099910 6 Duque de la Victoria, 12-2.
Vizcaya. Bilbao O Institucional. 0182 1290 30 020099910 8 Gran Vía 12-1.
Zamora. Zamora O P. 0182 1521 89 020099910 1 Plaza Castilla-León s/n.
Zaragoza. Toledo O Institucional. 0182 6330 23 020099910 2 Comercio, 43.

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ANEXO III
Especificaciones técnicas que ha de cumplir la información a suministrar a MUFACE

1. Procedimiento de envío de la información y características técnicas de los ficheros

Los habilitados (retenedores) y los ordenantes (pagadores) suministrarán a MUFACE en los primeros quince días de cada mes y referida a la nómina del mes inmediato anterior, la información sobre cotizaciones e ingresos con el contenido y formato que se especifica en los apartados 2 y 3 de este anexo

Esta información será remitida a través de la página web de MUFACE en la dirección http://wwwmapes/muface/cotiza mediante transmisión de los ficheros por vía telemática.

1.1 Acceso al sistema de transmisión de información sobre cotizaciones.

Para acceder al sistema de información de cotizaciones los remitentes se identificarán mediante su certificado digital expedido por Organismos, entidades y corporaciones públicas estatales que, de acuerdo con la Ley, se constituyan en autoridades de certificación.

En la dirección electrónica http://wwwmapes/muface/cotiza se mantendrá una relación de los tipos de certificados electrónicos admitidos así como de los prestadores de servicios de certificación que los expiden En todo caso estarán basados en algún estándar técnico de la versión 3 de la recomendación X509 del ITU-T (International Telecommunications Union-Telecommunication), de fecha junio de 1997 o posterior.

Los certificados válidos corresponderán a las personas que, en el momento de entrada en vigor de la presente Resolución, consten en MUFACE como usuarios habilitados y/o usuarios ordenantes de los diferentes Organismos Públicos.

En los casos en que exista imposibilidad técnica justificada, se mantendrá temporalmente un acceso mediante usuario y password Para solicitar dicho acceso se deberá remitir oficialmente a MUFACE una solicitud temporal de usuario password firmada por el representante del Organismo correspondiente.

1.2 Procedimiento de transmisión de la información.

La información mensual de cotizaciones se podrá remitir a MUFACE por los habilitados, introduciendo los datos on-line, en la aplicación «COTIZA» mediante la creación manual de un fichero, cuando el número de mutualistas no supere los cien.

También se podrá remitir la información mensual mediante la incorporación de un fichero que extraiga la información del programa de nóminas que utilice el Organismo, en el caso de que el número de mutualistas supere los cien, o siendo inferior, el Organismo cuente con un programa propio de nóminas que permita su incorporación, y se opte por esta vía.

Con respecto a los ordenantes, éstos podrán optar por la introducción de los datos on line o por la incorporación de los mismos desde un fichero ajeno.

Los Ficheros transmitidos por Internet, deberán llevar para los registros de tipo1y 2, un solo fichero cuyo nombre será «HaaaammntTXT», siendo «aaaa» año, «mm» mes «n», n.º de envío y «t» tipo de fichero («N» Normal «C» Complementario y «S» Sustitutorio), de 73 caracteres de longitud Para los registros de tipo 3 y 4 será un solo fichero cuyo nombre será «OaaaammntTXT», siendo «aaaa» año, «mm» mes «n», n.º de envío y «t» tipo de fichero («N» Normal, «C» Complementario y «S» Sustitutorio), de 65 caracteres de longitud El formato de los registros es el que se indica en los apartados siguientes.

Todos los resultados de los procesos de carga de registros que se realicen podrán ser consultados, a través de la web antes citada, para saber si han sido aceptados o rechazados.

Cada fichero que se transmita sólo puede tener datos de una clase (habilitados u ordenantes).

2. Información a suministrar por los habilitados

Se entiende por «Habilitado», el responsable de practicar la retención en nómina del importe de las cuotas de MUFACE.

Los habilitados deberán suministrar todos los meses, por cada nómina en la que figuren mutualistas de MUFACE, la siguiente información a la Mutualidad:.

2.1 Datos del habilitado.—Un registro único de cabecera con los siguientes datos:.

2.1.1 Código del Organismo.—Campo de 9 posiciones cuyo contenido es el código del organismo o centro directivo, Ayuntamiento, Diputación, Cabildo o Consejo al que está adscrito el habilitado que realiza el descuento Este código será facilitado por MUFACE.

2.1.2 CIF Organismo.—Campo de 9 posiciones cuyo contenido será el código de identificación fiscal del Organismo del habilitado u oficina pagadora que gestiona la nómina donde figura el mutualista.

2.1.3 Identificación del fichero.—Campo de 8 dígitos que identifica las retenciones de cuotas a aplicar a sus empleados por el habilitado u oficina pagadora y que agrupa la siguiente información:

Año/mes nómina: Campo de 6 posiciones que contiene la fecha de la nómina a la que se refieren las retenciones, en formato año, mes (AAAAMM).

Tipo de fichero: Campo de 1 posición que indica el tipo de fichero, N: Normal, C: Complementario, S: Sustitutorio.

Número de envío del mes: Campo de 1 posición que indica que el número de envío dentro del mes, representa el fichero que se está transmitiendo.

La identificación de los ficheros para un habilitado y un mes concreto seguirá el siguiente criterio:

El primer fichero del mes deberá llevar obligatoriamente una «N» (normal) como tipo de fichero y un «1» como número de envío del mes.

Si el habilitado envía más ficheros en el mes los deberá identificar con una «C» (complementario) en el tipo de fichero y con un número de envío del mes correlativo, de forma que el primer fichero Complementario deberá llevar un «2», el siguiente un «3» y así sucesivamente hasta un máximo de «9» Los ficheros rechazados por incorrectos no se considerarán en la secuencia de envíos.

Los ficheros Sustitutorios llevarán en el campo tipo de fichero una «S» Se dispone de dos opciones para estos ficheros, si se pretende reemplazar un fichero concreto, en el campo número de envío se deberá indicar el número de envío del fichero que se quiere sustituir; si se pretende reemplazar todos los ficheros de un mes, se indicará «0» en el campo número de envío.

2.1.4 Importe total de cuotas.—Campo de 12 posiciones que contendrá el importe total de las cuotas de los mutualistas relacionados en la nómina.

2.1.5 Importe total de devoluciones.—Campo de 12 posiciones que contendrá el importe total de las devoluciones, en su caso, de las cuotas de MUFACE.

2.1.6 Número total de mutualistas.—Campo de 6 posiciones que contendrá el mismo número de registros de mutualistas relacionados en la nómina.

Tipo 1: Registro del habilitado

Posiciones Longitud Naturaleza Descripción del campo
1 1 Numérico. Tipo de registro: Valor «1» (uno).
2-10 9 Alfanumérico. CIF del Organismo.
11-19 9 Alfanumérico. Código del organismo (Tipo administración y código).
20-27 8 Alfanumérico. Identificación del fichero.
(20-23) 4 Numérico. Año nómina.
(24-25) 2 Numérico. Mes nómina.
(26) 1 Alfabético. Tipo de fichero (N: Normal, C: Complementario, S: Sustitutorio).
(27) 1 Numérico. Número de envío del mes.
28-39 12 Numérico. Importe total de las cuotas del Fondo General.
40-51 12 Numérico. Importe total de las devoluciones del Fondo General.
52-57 6 Numérico. Número total de registros de mutualistas.
58-73 16 Alfanumérico. Relleno a blancos

2.2 Datos del mutualista.—Para cada uno de los mutualistas de MUFACE incluidos en la nómina del mes, se incluirá un registro que debe contener la siguiente información:

2.2.1 Tipo de identificación.—Campo numérico de 1 posición que contendrá información sobre el tipo de identificación del mutualista (1: NIF, 2: Pasaporte, 3: Tarjeta de Residencia Comunitaria, 4: NIE).

2.2.2 Identificación del mutualista.—Campo de 9 posiciones cuyo contenido será el número de identificación del mutualista correspondiente al apartado 221 En el caso de corresponder a un NIF este se rellenará en sus 8 primeros caracteres con ceros a la izquierda.

2.2.3 Grupo de clasificación.—Campo alfabético de 1 posición, que indica el grupo de adscripción del mutualista (A, B, C,Do E).

2.2.4 Código de cuerpo.—Campo de 4 dígitos que contiene el código numérico del cuerpo o escala de pertenencia del funcionario a los distintos Cuerpos o Escalas de la Administración del Estado, de acuerdo con lo previsto en el anexo IV de la Resolución de 29 de mayo de 1985.

2.2.5 Apellidos del mutualista.—Campo alfanumérico de 30 posiciones que puede contener guiones o puntos.

2.2.6 Nombre del mutualista.—Campo alfanumérico de 15 posiciones que puede contener guiones o puntos.

2.2.7 Importe de la cuota.—Campo de 6 posiciones que debe contener el importe de la cuota mensual que se deduce al mutualista.

En el caso de las nóminas de los meses que incluyen pagas extraordinarias se consignará como cuota mensual la cuota correspondiente a las dos pagas que se abonan en esa nómina.

En cualquier otro caso, la cuantía mensual de la cuota será la establecida en el apartado segundo, punto 2 de la Orden de 2 de febrero de 2004, del Ministerio de Administraciones Públicas sobre cotizaciones de los mutualistas a MUFACE.

2.2.8 Importe de la devolución.—Campo de 6 posiciones que puede contener el importe de la cantidad objeto de devolución, en su caso, de acuerdo con lo establecido en el apartado cuarto, punto 21 de la Orden de 2 de febrero de 2004, del Ministerio de Administraciones Públicas sobre cotizaciones de los mutualistas a MUFACE Dicho importe nunca podrá ser superior a la cuota descontada en el apartado 227.

Tipo 2: Registro del mutualista

Posiciones Longitud Naturaleza Descripción del campo
1-1 1 Numérico. Tipo de registro: Valor «2» (dos).
2-2 1 Numérico. Tipo de Identificación (NIF, Pasaporte,...)
3-11 9 Alfanumérico. Identificación del Mutualista (NIF, Pasaporte,...).
12-12 1 Alfabético. Grupo de Clasificación.
13-16 4 Alfanumérico. Código del Cuerpo o Escala.
17-46 30 Alfanumérico. Apellidos del Mutualista.
47-61 15 Alfanumérico. Nombre del Mutualista.
62-67 6 Numérico. Importe de la cuota.
68-73 6 Numérico. Importe de la devolución.

3. Información a suministrar por el ordenante del pago.

Se entiende por «Ordenante del pago» a quien dispone la transferencia a MUFACE del importe total retenido en concepto de cuotas a MUFACE en las nóminas confeccionadas por los habilitados.

El «Ordenante» deberá suministrar a MUFACE, todos los meses por cada orden de transferencia realizada, previa verificación de que le ha sido cargada en cuenta, la siguiente información:

3.1 Datos del ordenante de la transferencia.—Un registro único de cabecera con los siguientes datos:

3.1.1 Código del ordenante del pago.—Campo de 9 posiciones que contiene el código del ente que en cada caso tiene la obligación de realizar la transferencia a MUFACE del importe de las cuotas retenidas a los mutualistas Este código de ordenante será suministrado por MUFACE.

3.1.2 Identificación del fichero.—Campo de 8 dígitos que identifica los abonos realizados a MUFACE y que agrupa la siguiente información:

Año/mes proceso: Campo de 6 posiciones que contiene la fecha de la nómina a la que se refieren los abonos, en formato Año, mes (AAAAMM).

Tipo de fichero: Campo de 1 posición que indica el tipo de fichero, N: Normal, C: Complementario, S: Sustitutorio.

Número de envío del mes: Campo de 1 posición que indica que número de envío dentro del mes, representa el fichero que se está transmitiendo.

Si en un mismo «año/mes proceso» se realizan varias transferencias, cada una llevará un número de envío del mes diferente y consecutivo empezando por el 1.

La identificación de los ficheros para un ordenante y un mes concreto seguirá el siguiente criterio:

El primer fichero del mes deberá llevar obligatoriamente una «N» (normal) como tipo de fichero y un «1» como número de envío del mes.

Si el ordenante envía más ficheros en el mes los deberá identificar con una «C» (complementario) en el tipo de fichero y con un número de envío del mes de proceso correlativo, de forma que el primer fichero Complementario deberá llevar un «2», el siguiente un «3» y así sucesivamente hasta un máximo de «9» Los ficheros rechazados por incorrectos no se considerarán en la secuencia de envíos.

Los ficheros Sustitutorios llevarán en el campo tipo de fichero una «S» Se dispone de dos opciones para estos ficheros, si se pretende reemplazar un fichero concreto, en el campo número de envío se deberá poner el número de envío concreto del fichero que se quiere sustituir, pero si se pretenden reemplazar todos los ficheros de un mes se indicará un «0» en el campo número de envío.

3.1.3 Número total de registros de habilitado.—Campo de 6 posiciones que contendrá el número de registros de habilitado por cada importe total de retenciones realizadas, que se incluyen en la transferencia.

3.1.4 Importe total de transferencia.—Campo de 12 posiciones que contiene el importe total de la transferencia realizada en la fecha que se indica.

3.1.5 Fecha cargo en cuenta de la transferencia.—Campo de 8 posiciones que contiene la fecha en que se ha producido el cargo de la transferencia realizada a MUFACE, en la cuenta del ordenante, en formato año, mes y día (AAAAMMDD).

3.1.6 CCC origen de la transferencia.—Campo de 20 posiciones que indica el código cuenta cliente origen de la transferencia.

Tipo 3: Registro del ordenante de la transferencia.

Posiciones Longitud Naturaleza Descripción del campo
1 1 Numérico. Tipo de registro:Valor «3» (tres).
2-10 9 Alfanumérico. Código del ordenante.
11-18 8 Alfanumérico. Identificación del fichero.
(11-14) 4 Numérico. Año del proceso.
(15-16) 2 Numérico. Mes del proceso.
(17-17) 1 Alfabético. Tipo del fichero (N: Normal, C: Complementario, S: Sustitutorio).
(18-18) 1 Numérico. Número de envío del mes del proceso.
19-24 6 Numérico. Número total de registros de habilitados.
25-36 12 Numérico. Importe total de la transferencia.
37-44 8 Numérico. Fecha cargo en cuenta de la transferencia.
(37-40) 4 Numérico. Año de la transferencia.
(41-42) 2 Numérico. Mes de transferencia.
(43-44) 2 Numérico. Día de transferencia.
45-64 20 Numérico. CCC Origen de la transferencia.
(45-48) 4 Numérico. Banco.
(49-52) 4 Numérico. Oficina.
(53-54) 2 Numérico. DC de la cuenta.
(55-64) 10 Numérico. Número de cuenta.
65-65 1 Alfanumérico. Relleno a blancos.

3.2 Datos identificativos de la retención.—Para cada uno de los habilitados u oficinas pagadoras por los que el ordenante ha realizado la transferencia del importe total de las cuotas retenidas a los mutualistas de MUFACE de un determinado mes, se incluirá un registro que debe contener la siguiente información:

3.2.1 CIF del Organismo.—Campo de 9 posiciones cuyo contenido será el código de identificación fiscal del Organismo del habilitado u oficina pagadora que gestiona la nómina donde figura el mutualista.

3.2.2 Código del Organismo.—Campo de 9 posiciones cuyo contenido será el código del organismo o centro directivo, Ayuntamiento, Diputación, Cabildo o Consejo al que está adscrito el habilitado que realiza el descuento.

3.2.3 Mes de nómina.—Campo numérico de 6 posiciones que contiene el año, en formato AAAA, y el mes, en formato MM que identifica el mes al que corresponde la nómina en la que se hizo el descuento por cotización a MUFACE.

3.2.4 Importe total de las cuotas.—Campo número de 12 posiciones que contendrá el importe total de las cuotas de MUFACE según el apartado 214 realizado en la nómina del mes indicado en 213 por el habilitado u oficina pagadora consignado en 212.

3.2.5 Importe total de las devoluciones.—Campo numérico de 12 posiciones que contendrá el importe total de las devoluciones según el apartado 215, en su caso, de las cuotas de MUFACE, realizado en la nómina del mes indicado en 213.

Tipo 4: Registro de retención.

Posiciones Longitud Naturaleza Descripción del campo
1 1 Numérico. Tipo de registro: Valor «4» (cuatro).
2-10 9 Alfanumérico. CIF del Organismo.
11-19 9 Alfanumérico. Código del organismo (Tipo administración y código).
20-25 6 Numérico. Mes de la nómina.
(20-23) 4 Numérico. Año de la nómina.
(24-25) 2 Numérico. Mes de la nómina.
26-37 12 Numérico. Importe total de las cuotas del Fondo General.
38-49 12 Numérico. Importe total de las devoluciones del Fondo.
General.
50-65 16 Alfanumérico. Relleno a blancos.

4. Características generales de los ficheros.

Los ficheros se confeccionarán en código ASCII en mayúsculas sin caracteres de control o tabulación.

En todos los campos de importes de todos los registros, dichos importes se expresarán en centieuros, es decir los dos últimos dígitos representarán los céntimos de euro y los anteriores los euros.

Los campos numéricos se rellenarán a ceros por la izquierda y los alfanuméricos se justificarán a la izquierda rellenando blancos por la derecha, excepto para el caso de identificación del mutualista, que se realizará tal como se indica en el apartado 222.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 08/10/2004
  • Fecha de publicación: 25/10/2004
  • Fecha de entrada en vigor: 01/12/2004
  • Fecha de derogación: 01/02/2014
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Resolución de 20 de enero de 2014 (Ref. BOE-A-2014-1013).
  • SE MODIFICA el apartado I.3, la disposición transitoria y el anexo III, por Resolución de 4 de marzo de 2008 (Ref. BOE-A-2008-5782).
Referencias anteriores
Materias
  • Formularios administrativos
  • Funcionarios Civiles del Estado
  • Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado
  • Recaudación

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