Contido non dispoñible en galego
Visto el expediente de indulto de don Luis Pérez Dopeso, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial, Sección número 1, de Pontevedra, en sentencia de fecha 13 de diciembre de 2000, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de cuatro años de prisión y multa de 3.000.000 de pesetas, por hechos cometidos en el año 1992, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de enero de 2004,
Vengo en conmutar a don Luis Pérez Dopeso la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, a 19 de enero de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid