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Documento BOE-A-2003-14234

Orden JUS/1991/2003, de 27 de junio, por la que se nombra el Tribunal que ha de juzgar las oposiciones a ingreso en el Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad, Bienes Muebles y Mercantiles, convocadas por Resolución de 12 de diciembre de 2002, de la Dirección General de los Registros y del Notariado.

Publicado en:
«BOE» núm. 169, de 16 de julio de 2003, páginas 27775 a 27775 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2003-14234

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de la Dirección General de los Registros y del

Notariado de fecha 12 de diciembre de 2002 (B.O.E. 10 de enero

de 2003), se convocaron oposiciones para el ingreso en el Cuerpo

de Aspirantes a Registradores de la Propiedad, Bienes Muebles

y Mercantiles; publicada la lista definitiva de opositores, así como

la fecha y lugar del sorteo en el que se determina el orden de

actuación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 505

del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria, este

Ministerio ha tenido a bien disponer que sea un único Tribunal el que

haya de juzgar las oposiciones y quede constituido de la forma

siguiente:

Presidente: Don Francisco Javier Gómez Gálligo, Registrador

de la Propiedad de Santa María de Guia de Gran Canaria, Letrado

adscrito a la Dirección General de los Registros y del Notariado.

Vocales:

Don Antonio Román García, Catedrático de Derecho Civil de

la Universidad de Cáceres.

Don Agustín Manuel Gómez Salcedo, Magistrado Juez del

Juzgado de Primera Instancia n.o 32 de Madrid.

Don José Vicente Torres Montero, Notario de Trevias.

Don Eduardo Trillo Torres, Abogado del Estado ante el Tribunal

Supremo.

Don Juan José Jurado Jurado, Registrador de la Propiedad

de Sevilla n.o 4.

Secretario: Don Jesús María del Campo Ramírez, Registrador

de la Propiedad de Fuenlabrada n.o 2 y miembro de la Junta de

Gobierno del Colegio de Registradores de la Propiedad y

Mercantiles de España.

En ausencia del Presidente o el Secretario, hará sus veces el

Vocal Registrador.

El presente Tribunal de oposiciones estará clasificado en la

categoría primera de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30

del Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo, sobre indemnizaciones

por razón de servicio (B.O.E. de 30 de mayo de 2002).

Las comisiones de servicio necesarias para la adecuada

constitución y funcionamiento del Tribunal se extenderá a todo el

periodo que dure la oposición y, como máximo, por el plazo de un

año computado desde el primer día de la convocatoria para la

realización del primer ejercicio.

Madrid, 27 de junio de 2003.

MICHAVILA NÚÑEZ

Sra. Directora General de los Registros y del Notariado.

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