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Documento BOE-A-2003-12781

Orden APA/1708/2003, de 24 de junio, por la que se modifican determinados anexos del Real Decreto 2071/1993, de 26 de noviembre, relativo a las medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Económica Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 27 de junio de 2003, páginas 24816 a 24817 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2003-12781
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2003/06/24/apa1708

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 2071/1993, de 26 de noviembre, relativo a las medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Económica Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros incorporó al ordenamiento jurídico interno la Directiva 77/93/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1976, relativa a las medidas de protección contra la introducción en la Comunidad de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación en el interior de la Comunidad, codificada por la Directiva 2000/29/CE del Consejo de 8 de mayo de 2000 con idéntico título que la anterior, y la Directiva 92/76/CEE de la Comisión, de 6 de octubre de 1992, por la que se reconocen zonas protegidas en la Comunidad expuestas a riesgos fitosanitarios específicos, sustituida por la Directiva 2001/32/CE de la Comisión, de 8 de mayo de 2001, por la que se reconocen zonas protegidas en la Comunidad expuestas a riesgos fitosanitarios y se deroga la Directiva 92/76/CEE.

No obstante, dichas Directivas han sufrido diversas modificaciones que han sido incorporadas a nuestro ordenamiento jurídico mediante las correspondientes ordenes ministeriales, la última de las cuales ha sido la Orden APA/1145/2003, de 30 de abril, por la que se modifican determinados anexos del citado Real Decreto 2071/1993, de conformidad con la habilitación establecida en la disposición final primera del Real Decreto 2071/1993.

En este sentido, mediante la presente Orden, se incorporan al ordenamiento jurídico interno la Directiva 2003/46/CE de la Comisión, de 4 de junio de 2003, por la que se modifica la Directiva 2001/32/CE en lo que atañe a algunas de las zonas protegidas que están expuestas a riesgos fitosanitarios específicos en la Comunidad, y la Directiva 2003/47/CE, de la Comisión de 4 de junio de 2003, por la que se modifican los anexos II, IV y V de la Directiva 2000/29/CE del Consejo relativa a las medidas de protección contra la introducción en la Comunidad de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales y contra su propagación en el interior de la Comunidad.

En la elaboración de la presente disposición han sido consultadas las Comunidades Autónomas y los sectores afectados.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Modificación de los anexos del Real Decreto 2071/1993, de 26 de noviembre.

Los Anexos II, IV y V del Real Decreto 2071/1993, de 26 de noviembre, relativo a las medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Económica Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros, quedarán modificados de acuerdo con lo dispuesto en el anexo de la presente Orden.

Disposición derogatoria. Derogación normativa.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo previsto en la presente Orden.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 24 de junio de 2003.

ARIAS CAÑETE

ANEXO

1. El texto de la columna de la derecha del punto 5 de la letra a) de la parte B del anexo II, se sustituirá por el siguiente:

«EL, P (Azores)».

2. En texto de la columna de la izquierda del punto 34 de la sección I de la parte A del anexo IV se suprimirán las palabras «Chipre» y «Malta».

3. El texto de la columna de la derecha del punto 19 de la parte B del anexo IV se sustituirá por el siguiente:

«EL, P (Azores)».

4. La sección I de la parte B del anexo V se modificará de la forma siguiente:

a) El punto 2 se sustituirá por el texto siguiente:

«Partes de vegetales, excepto frutos y semillas, de:

Castanea Mill., Dendranthema (DC) Des. Moul., Dianthus L., Gypsophila L., Pelargonium l’Herit. ex Ait., Phoenix spp., Populus L., Quercus L., Solidago L. y flores cortadas de Orchidaceae.

Coníferas (Coniferales).

Acer saccharum Marsh., originario de países norteamericanos.

Prunus L., originario de países no europeos.

Flores cortadas de Aster spp., Eryngium L., Hypericum L., Lisianthus L., Rosa L. y Trachelium L., originarias de países no europeos.

Hortalizas de hoja de Apium graveolens L. y Ocimum L.»

b) En la letra b) del punto 7, se suprimen las palabras «Chipre» y «Malta».

TABLA DE EQUIVALENCIA DE LOS EPÍGRAFES DE LOS ANEXOS DEL REAL DECRETO 2071/1993 Y EL ANEXO DE LA DIRECTIVA 2001/32/CE RELATIVOS A LAS ZONAS PROTEGIDAS

Orden 27-II-01 (Anexos del Real Decreto 2071/1993) DIR 2001/32/CE

ANEXO I

-Parte B-

Organismos nocivos cuya introducción y propagación deben prohibirse en determinadas zonas protegidas

ANEXO

a) Insectos, ácaros y nemátodos en todas las fases de su desarrollo.

1. Bemisia tabacci Genn (poblaciones europeas).

2. Globodera pallida (Stone) Behrens.

3. Leptinotarsa decemlineata Say.

4. Liriomyza bryoniae (Kaltenbach).

b) Virus y organismos afines.

1. Beet necrotic yellow vein virus.

2. Tomato spotted wilt virus.

 

a) 2

a) 6

a) 13

a) 14

 

d) 1

d) 2

ANEXO II

-Parte B-

Organismos nocivos cuya introducción y propagación deben prohibirse en algunas zonas protegidas, si se presentan en determinados vegetales o productos vegetales

ANEXO

a) Insectos, ácaros y nemátodos, en todas las fases de su desarrollo.

1. Anthonomus grandis (Boh.).

2. Cephalcia lariciphila (Klug).

3. Dendroctonus micans Kugelan.

4. Gilpinia hercyniae (Hartig).

5. Gonipterus scutellatus Gyll.

6.a) Ips amitinus Elchhof.

b) Ips cembrae Heer.

c) Ips duplicatus Sahlberg.

d) Ips sexdendatus Boerner.

e) Ips typographus Heer.

7. Matsucoccus feytaudi Duc.

8. Sternochetus mangiferae Fabricius.

9. Thaumetopoea pityocampa (Den. et Schiff.).

b) Bacterias.

1. Curtobacterium flaccumfaciens pv. flaccumfaciens (Hedges) Collins et Jones.

2. Erwinia amylovora (Burr.) Winsl. et al.

c) Hongos.

1. Glomerella gossypii Edgerton.

2. Gremmeniella abietina (Lag.) Morelet.

3. Hypoxylon mammatum (Wahl.) J .Miller.

d) Virus y organismos similares.

Citrus Tristeza Virus (cepas europeas).

 

a) 1

a) 3

a) 4

a) 5

a) 7

a) 8

a) 9

a) 10

a) 11

a) 12

a) 14

a) 15

a) 16

 

b) 1

b) 2

 

c) 1

c) 2

c) 3

 

d) 3

 

 

 

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 24/06/2003
  • Fecha de publicación: 27/06/2003
  • Fecha de entrada en vigor: 28/06/2003
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Real Decreto 58/2005, de 21 de enero; (Ref. BOE-A-2005-1154).
  • Fecha de derogación: 23/01/2005
Referencias anteriores
Materias
  • Exportaciones
  • Flores
  • Intercambios intracomunitarios
  • Plantas
  • Productos hortícolas
  • Sanidad vegetal

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