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Documento BOE-A-2002-8350

Resolución de 5 de marzo de 2002, del Consell Insular de Mallorca, que corrige errores en la de 31 de octubre de 2001, referente a la aprobación de la bandera municipal del Ayuntamiento de Campos.

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 30 de abril de 2002, páginas 15919 a 15919 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-A-2002-8350

TEXTO ORIGINAL

El Consell Executiu del Consell de Mallorca, en sesión celebrada en fecha 28 de enero de 2002, adoptó el siguiente Acuerdo:

«El Consell Executiu del Consell de Mallorca, en sesión ordinaria celebrada en fecha 22 de octubre de 2001, adoptó el Acuerdo de aprobación de la bandera del municipio de Campos. Debido a un error material de transcripción, el Acuerdo adoptado no contiene la descripción correcta de la bandera tal como figura en el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Campos en su día.

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, reguladora del Procedimiento Administrativo Común y del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, que posibilita la rectificación en cualquier momento de los errores materiales o aritméticos de los actos administrativos,

Se propone al Consell Executiu del Consell de Mallorca:

1. Rectificar los errores de transcripción relativos a la descripción de la bandera del municipio de Campos, existentes en el Acuerdo de su aprobación, adoptado en sesión ordinaria del Consell Executiu de fecha 22 de octubre de 2001, y publicada el 11 de diciembre de 2002 en el “Boletín Oficial del Estado” número 296/2001.

2. Aprobar la descripción de la bandera municipal, que sería la siguiente:

“La bandera de Campos es de forma rectangular, dividida en cuatro campos, a partes iguales, dos con un fondo de color lo más parecido al que tiene la tierra de nuestro municipio, es decir, rojizo, y dos partes con los colores y barras de la bandera del Reino de Aragón, y en su centro figura el escudo heráldico, que se tramita en expediente aparte, que debe tener las siguientes características: Un oso de pie o rampante mirando hacia la izquierda. Los colores serán la tonalidad marrón rojiza para el oso y gris plateado para el fondo, sin orla”.

3. Notificar el presente Acuerdo a la entidad local interesada y publicarlo en el “Butlletí Oficial de les Illes Balears” y en “Boletín Oficial del Estado”.»

Palma de Mallorca, 5 de marzo de 2002.–El Conseller de Cooperació Local, Josep Gomila i Benejam. 

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