Está Vd. en

Documento BOE-A-2002-2383

Resolución de 28 de enero de 2002, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se delega la competencia en materia de ordenación de pagos de devoluciones de naturaleza tributaria.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 2002, páginas 4728 a 4728 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2002-2383
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2002/01/28/(1)

TEXTO ORIGINAL

Dentro de los procesos de centralización informática y contable en curso de realización en la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se ha elaborado un nuevo procedimiento consolidado de gestión de devoluciones de ingresos en el que la ordenación y pago de las devoluciones tributarias se hace de manera centralizada, sobre un censo único de devoluciones de ámbito nacional, con los siguientes objetivos:

Optimizar la gestión de los recursos económicos puestos a disposición de la Agencia Estatal de Administración Tributaria por la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, minimizando el saldo medio en la cuenta corriente en el Banco de España para devoluciones tributarias.

Agilizar el pago de las devoluciones a los contribuyentes, acortando los plazos de ordenación de los correspondientes pagos y del envío al Banco de España de las órdenes de transferencia y de las relaciones de cheques emitidos.

Facilitar el cumplimiento del programa de devoluciones, al permitir la separación de los actos de gestión tendentes al reconocimiento del derecho a la devolución, de su pago material.

Racionalizar la estructura de tesorería necesaria para la gestión de los pagos, pasando de una cuenta corriente por cada Delegación de la Agencia, a una única cuenta en el Banco de España.

El nuevo procedimiento exige atribuir el carácter de ordenador de pagos único en al ámbito de las devoluciones tributarias gestionadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria a su Director general, y la expedición de las órdenes y mandamientos de pago a los órganos encargados de la gestión de la tesorería.

En consonancia con lo anterior el artículo 11 del Real Decreto 1163/1990, de 21 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado" del 25), con la redacción dada por el Real Decreto 52/2002, de 18 de enero, dispone en su apartado segundo letra b) que corresponde al Director general de la Agencia Estatal de Administración Tributaria la ordenación del pago de las devoluciones de naturaleza tributaria con cargo al presupuesto del Estado, así como de otras devoluciones cuyo pago le sea encomendado a la Agencia Tributaria por ley o por convenio.

El volumen de pagos de devoluciones tributarias a tramitar, la multiplicidad de conceptos tributarios a las que estas se aplican, la necesaria agilidad que debe presidir este tipo de actuaciones en orden a conseguir una adecuada gestión de tesorería que reduzca los plazos entre la ordenación del pago y el cobro por el contribuyente, así como conseguir una disminución de los saldos medios en cuenta corriente, añadiéndose el hecho de que en el nuevo procedimiento de gestión de devoluciones la selección y propuesta de ordenación de pago de las devoluciones acordadas por los diferentes órganos competentes corresponde al Departamento de Recursos Humanos y Administración Económica, aconsejan que la competencia para la ordenación del pago de las devoluciones tributarias se delegue en el Director de ese Departamento.

En virtud de lo expuesto, y al amparo de lo establecido en el artículo 103.3 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre de Presupuestos Generales del Estado para 1991, la disposición adicional decimotercera de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada al mismo por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y previa aprobación del presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por Resolución de 28 de enero de 2002, dispongo:

Primero.-Se delega en el Director del Departamento de Recursos Humanos y Administración Económica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la competencia para ordenar el pago de las devoluciones de naturaleza tributaria.

Segundo.-La delegación de competencias contenida en esta Resolución es revocable en cualquier momento por el órgano que la confiere quien, asimismo, podrá avocar para sí el conocimiento de cualquier asunto comprendido en ella, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.

Tercero.-Las resoluciones que se adopten en uso de la delegación contenida en la presente disposición indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Cuarto.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 28 de enero de 2002.-El Director general, Salvador Ruiz Gallud.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/01/2002
  • Fecha de publicación: 06/02/2002
  • Fecha de entrada en vigor: 07/02/2002
  • Fecha de derogación: 05/08/2006
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
  • CITA Real Decreto 1163/1990, de 21 de septiembre (Ref. BOE-A-1990-23610).
Materias
  • Agencia Estatal de la Administración Tributaria
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Hacienda

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid