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Documento BOE-A-2002-19575

Circular 1/2002, de 16 de septiembre, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, que modifica parcialmente la Circular 2/1998, de 27 de julio, sobre requerimientos de información estadística a las Instituciones de Inversión Colectiva de la Unión Monetaria Europea.

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 10 de octubre de 2002, páginas 35775 a 35779 (5 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comisión Nacional del Mercado de Valores
Referencia:
BOE-A-2002-19575
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/cir/2002/09/16/1

TEXTO ORIGINAL

La Circular 2/1998, de 27 de julio, de la CNMV, establece los requerimientos de información que las IIC, que se consideren en cada momento Institución Financiera Monetaria (IFM), deben remitir a la CNMV, con el fin de que dicha información sea utilizada por el Banco Central Europeo (BCE) para el seguimiento de la política monetaria dentro de la Unión Económica y Monetaria.

Esta Circular fue redactada siguiendo el contenido del Reglamento (CE) número 2819/98 del BCE, relativo al balance consolidado del sector de las IFM. Sin embargo, el anterior Reglamento ha sido derogado y sustituido por el Reglamento (CE) número 2423/2001 del Banco Central Europeo, de 22 de noviembre de 2001, que incluye modificaciones en la información que deben remitir las IFM para el seguimiento de la política monetaria.

En este sentido, resulta necesario adaptar los modelos UME (que pasan a denominarse modelos UEM), regulados en la Circular 2/1998, a las nuevas necesidades informativas del Banco Central Europeo.

Por todo ello, y en su virtud, el Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, previo informe del Comité Consultivo, en su reunión del día 16 de septiembre de 2002, ha dispuesto:

Norma 1.ª Modelos UEM.

Se modifica el anexo al que hace referencia la norma 2.ª de la Circular 2/1998, de 27 de julio, de la CNMV, sobre estados reservados relativos a los requerimientos estadísticos de la Unión Económica y Monetaria, de acuerdo con los modelos que figuran en el anexo de esta Circular.

Norma 2.ª Entrada en vigor.

La primera información que deberá presentarse ajustada a estos modelos será la correspondiente a 31 de enero de 2003.

Madrid, 16 de septiembre de 2002.–El Presidente, Blas Calzada Terrados.

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ANÁLISIS

  • Rango: Circular
  • Fecha de disposición: 16/09/2002
  • Fecha de publicación: 10/10/2002
Referencias anteriores
  • MODIFICA el anexo de la Circular 2/1998, de 27 de julio (Ref. BOE-A-1998-19185).
  • DE CONFORMIDAD con el Reglamento (CE) 2423/2001, de 22 de noviembre (Ref. DOUE-L-2001-82714).
Materias
  • Banco Central Europeo
  • Estadística
  • Formularios administrativos
  • Instituciones de Inversión Colectiva
  • Unión Económica y Monetaria

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