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De conformidad con lo que disponen los artículos 10.2 y 11.1 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" de 14 de diciembre), por el que se establecen directrices generales comunes de los Planes de Estudios de los Títulos Universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional,
Este Rectorado, una vez homologada por la Comisión Académica del Consejo de Universidades en su reunión del día 10 de junio de 2002, ha resuelto ordenar la publicación de una modificación del Plan de Estudios conducente a la obtención del título de Ingeniero técnico en Informática de Gestión de esta Universidad, consistente en dar de baja la asignatura optativa Comunicaciones de Banda Ancha, de 6 créditos, así como incluir en la oferta de optativas las siguientes asignaturas: Arquitectura de Computadores I, de 4,5 créditos ; Arquitectura de Computadores II, de 4,5 créditos; Comercio Electrónico, de 6 créditos ; Compiladores I, de 4,5 créditos; Compiladores II, de 4,5 créditos; Sistemas de Gestión de Base de Datos, de 6 créditos; Informática Gráfica II, de 6 créditos ; Ingeniería de Software III, de 6 créditos; Ingeniería de Software IV, de 6 créditos; Ingeniería de Sofware V, de 6 créditos ; Inteligencia Artificial I, de 6 créditos; Inteligencia Artificial II, de 4,5 créditos; Metodología y Gestión de Proyectos Informáticos, de 6 de créditos ; Redes de Computadores III, de 6 créditos, y Redes de Computadores IV, de 4,5 créditos.
Barcelona, 17 de julio de 2002.-El Rector, Gabriel Ferraté i Pascual.
(VER IMÁGENES, PÁGINAS 31413 A 31415)
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