El anexo I de la Orden de 30 de septiembre de 1999 por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática de las declaraciones-liquidaciones correspondientes a los modelos 110, 130, 300 y 330, recoge entre diversos conceptos y definiciones relativos a la presentación telemática de declaraciones el denominado «Certificado del servidor de la AEAT», definiendo como «documento electrónico expedido por RSA Data Security, Inc, que permite al usuario comprobar que accede efectivamente al servidor de la AEAT».
Dado el carácter temporal de estos certificados la misma Orden prevé que se harán públicos los números de serie y huellas digitales de los certificados activos en cada momento en los servidores de la AEAT.
Con el propósito de lograr dicha publicidad y cumplimentar lo dispuesto en la mencionada Orden dispongo:
Los servidores de la AEAT que permiten el cifrado a 128 bits tienen un certificado válido hasta el 3 de abril de 2002, cuyo número de serie expresado en notación hexadecimal es:
4A: 04: 91: 8D: 54: 4B: 99: 42: 47: 7B: 92: 98:CA: 6C: 6E: 31
y su huella digital con el algoritmo de hash MD5 es:
58: D4: F3: 5D: 9D: B5: 8F: E3: B7: 36: 56: 61: 5E: CA: F6: CF
y su huella digital con el algoritmo de hash SHA1 es:
CFA6 E6DA 7B11 B11A 2A5C F866 AF15 6114 54F9 8CAF
Madrid, 16 de abril de 2001.–El Director, Santiago Segarra Tormo.
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