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Documento BOE-A-2001-14495

Orden de 17 de julio de 2001 por la que se crea el Premio "Velázquez" de las Artes Plásticas.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 25 de julio de 2001, páginas 27118 a 27118 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2001-14495
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2001/07/17/(3)

TEXTO ORIGINAL

Bajo la denominación de Premio "Velázquez" de las Artes Plásticas se crea un galardón de carácter internacional que premiará la obra de un creador en el ámbito de las artes plásticas, en cualquiera de sus manifestaciones. Don Diego Rodríguez de Silva y Velázquez es sin lugar a dudas el pintor más universal de la pintura española y uno de los que más han contribuido a que la cultura española adquiera fama universal. La figura de Velázquez es a la pintura y a las artes plásticas en general lo que la figura de Cervantes a las letras españolas. En el panorama artístico español e iberoamericano no existía un premio que reconociera la obra de un creador de las artes plásticas de la misma manera que existe un galardón que premia la obra de un creador de las letras españolas. Por eso la creación, en el ámbito de las artes plásticas, de este Premio "Velázquez" que se pretende sea de la misma categoría y calidad que el Premio "Cervantes".

Con este premio se otorga el reconocimiento institucional a un creador cuya obra sobresale con especial significación en el ámbito de las artes plásticas. Se recompensa así la meritoria labor del galardonado a través de la concesión de un premio dirigido a destacar su aportación sobresaliente a la cultura española e iberoamericana por la totalidad de su obra.

La vocación universal de la cultura española se hace especialmente patente y visible en su proyección americana, en los evidentes, constantes e intensos lazos de unión entre la cultura y la creación artística de uno y otro lado del Atlántico, creando una comunidad cultural que se manifiesta también en el ámbito de las artes plásticas. Este Premio "Velázquez" de las Artes Plásticas pretende incrementar la comunicación artística que siempre ha existido entre el arte de España y el de los países americanos de raíz ibérica.

En virtud de lo expuesto, dispongo:

Primero.-Se crea el Premio "Velázquez" de las Artes Plásticas, que se convocará con carácter anual, a partir del año 2002.

Segundo.-Podrán ser candidatos al premio los nacionales de España y de los Estados americanos de la Comunidad Iberoamericana de Naciones.

Tercero.-El premio se concederá por la totalidad de la obra de un creador en el ámbito de las artes plásticas en cualquiera de sus manifestaciones.

Cuarto.-Podrán presentar candidaturas las Academias de Bellas Artes, los Museos de Arte Moderno y Contemporáneo, las asociaciones de críticos de arte, los autores premiados en anteriores convocatorias, los miembros del Jurado y otras instituciones que, por su naturaleza, fines o contenidos, estén vinculados a las artes plásticas en los Estados a los que se refiere el apartado segundo.

Las candidaturas se presentarán ante la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Las instituciones que presenten candidatos enviarán a la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales una Memoria en la que consten los méritos de los artistas propuestos, así como la documentación gráfica necesaria para el conocimiento y valoración de su obra.

Quinto.-El premio estará dotado con una cuantía de 90.000 euros (14.974.740 pesetas), que se consignará en los créditos presupuestarios de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales. El premio no podrá ser dividido ni declarado desierto ni otorgado a título póstumo.

Además de la dotación económica citada, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte organizará, a través del Museo Nacional Centro de Arte "Reina Sofía", una exposición que tendrá por objeto la obra del artista premiado.

El artista premiado, en los seis meses siguientes a la concesión del premio y con carácter complementario al mismo, elegirá a otro artista menor de treinta y cinco años como receptor de una "Beca Velázquez" de un año de duración dotada con 30.000 euros (4.991.580 pesetas) para su disfrute en España.

El receptor de esta beca, al término de la misma, entregará cuatro obras al Estado español.

Sexto.-El fallo del premio corresponderá a un Jurado compuesto por:

El Director de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

Los Directores del Museo Nacional del Prado y del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.

Dos personalidades representantes de instituciones iberoamericanas cualificadas, designados por el Secretario de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y el Director general de Relaciones Culturales y Científicas, de la Agencia Española de Cooperación Internacional del Ministerio de Asuntos Exteriores.

Seis especialistas en artes plásticas designados respectivamente por el Secretario de Estado de Cultura, el Director del Instituto "Cervantes", el Director general de Bellas Artes y Bienes Culturales, el Director general de Cooperación y Comunicación Cultural, la Fundación "Amigos del Museo del Prado" y la Asociación de Amigos del Museo Nacional Centro de Arte "Reina Sofía".

El artista premiado en la anterior convocatoria.

En el acto de constitución del Jurado, sus miembros elegirán de entre ellos al Presidente.

Actuará como Secretario, con voz pero sin voto, el Director general de Bellas Artes y Bienes Culturales.

Actuará como Secretario de actas, con voz pero sin voto, el Subdirector general de Promoción de las Bellas Artes.

Séptimo.-La presentación de candidaturas al premio comportará la cesión de los derechos de propiedad intelectual estrictamente imprescindibles para la realización de los trabajos de evaluación por el Jurado, así como para la difusión pública del fallo del premio.

Octavo.-El fallo del Jurado se elevará al Ministro de Educación, Cultura y Deporte a través de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales y la Orden de concesión del premio se publicará en el "Boletín Oficial del Estado".

Noveno.-La Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales adoptará las medidas necesarias para desarrollar y aplicar lo establecido en la presente disposición.

Décimo.-Esta Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 17 de julio de 2001.

DEL CASTILLO VERA

Excmo. Sr. Secretario de Estado de Cultura.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 17/07/2001
  • Fecha de publicación: 25/07/2001
  • Fecha de entrada en vigor: 26/07/2001
  • Fecha de derogación: 24/02/2009
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA, por Orden CUL/382/2009, de 17 de febrero (Ref. BOE-A-2009-3016).
  • SE MODIFICA los apartados 5, párrafo tercero y 8, por Orden CUL/4220/2005, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-2006-381).
Materias
  • Centro de Arte Reina Sofía
  • Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales
  • Museo Nacional del Prado
  • Premios
  • Real Academia de Bellas Artes de San Fernando

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