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Advertido un error en la redacción del artículo 10.2 de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 84, de 7 de abril de 2000, se procede a la correspondiente subsanación: En la página 14509, el texto del artículo 10.2 se sustituye por la siguiente redacción:
«2. Las resoluciones deberán expresar la relación de actividades que sean susceptibles de ser subvencionados, así como aquellas actividades, que dentro de las disponibilidades presupuestarias, son objeto de concesión u otorgamiento.»
Madrid, 12 de abril de 2000.
POSADA MORENO
Ilmos. Sres. Secretario general de Agricultura y Alimentación y Director general de Desarrollo Rural.
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