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En el recurso contencioso-administrativo número 677/1997, interpuesto por la Comunidad de Regantes "Príncipe de España", la Sala Tercera (Sección Segunda) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, con fecha 3 de junio de 1999, que contiene el siguiente fallo:
"Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Comunidad de Regantes "Príncipe de España", representada por el Procurador de los Tribunales don Manuel Infantes Sánchez, declaramos no ser conforme a Derecho y anulamos la Resolución del Consejo de Ministros de 6 de junio de 1997, mandada publicar por la Secretaría de Estado de Aguas y Costas, por Resolución de 16 de julio de 1997, en cuanto se refiere a las nuevas tarifas para las aguas derivadas a los Llanos de Albacete, del acueducto Tajo-Segura, que quedan sin efecto todo ello sin hacer expreso pronunciamiento en costas."
Así, por esta nuestra sentencia, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y se insertará en la Colección Legislativa, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.-El Presidente, Emilio Pujalte Clariana.-Los Magistrados, Pascual Sala Sánchez, Jaime Rouanet Moscardó, Ramón Rodríguez Arribas, José Mateo Díaz y Alfonso Gota Losada.
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