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Documento BOE-A-2000-17215

Corrección de errores del Real Decreto 1449/2000, de 28 de julio, por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 229, de 23 de septiembre de 2000, páginas 32588 a 32588 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2000-17215
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2000/07/28/1449/corrigendum/20000923

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto del Real Decreto 1449/2000, de 28 de julio, por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 181, de 29 de julio de 2000, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 27302, primera columna, artículo 8, apartado 2, párrafo ñ), donde dice: "Elaborar, recepcionar, analizar y estudiar la información sobre tráfico de drogas y blanqueo de capitales relacionado con dicho tráfico.", debe decir: "Recepcionar, analizar, elaborar y difundir la información sobre tráfico de drogas, blanqueo de capitales relacionado con dicho tráfico y delitos conexos con el mismo, y confeccionar las estadísticas nacionales en relación con estas materias.".

En la página 27302, primera columna, artículo 8, apartado 2, párrafo p), donde dice: "Elaborar las estadísticas nacionales, así como estudios monográficos, sobre materias relativas a la lucha contra el tráfico de drogas y el blanqueo de capitales relacionado con dicho tráfico.", debe decir: "Elaborar estudios monográficos sobre materias relativas a la lucha contra el tráfico de drogas, el blanqueo de capitales relacionado con dicho tráfico y los delitos conexos con el mismo.".

En la página 27302, primera columna, artículo 8, apartado 7, cuarta línea, donde dice: "... en los párrafos ñ) y o) del apartado 2...", debe decir: "... en los párrafos ñ), o) y q) del apartado 2...".

En la página 27302, segunda columna, artículo 8, apartado 8, segunda línea, donde dice: "... en los párrafos n), p) y q) del apartado 2...", debe decir: "... en los párrafos n) y p) del apartado 2...".

En la página 27302, segunda columna, artículo 9, apartado 1, el párrafo g) debe formar parte del párrafo f), pasando los párrafos h) a n) a ser párrafos g) a m).

En la página 27309, primera columna, disposición derogatoria única, cuarta línea, donde dice: "... Real Decreto 1885/1996, de 6 de agosto...", debe decir:

"... Real Decreto 1885/1996, de 2 de agosto,...".

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 23/09/2000
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Real Decreto 1599/2004, de 2 de julio (Ref. BOE-A-2004-12473).
  • Fecha de derogación: 03/07/2004
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 1449/2000, de 28 de julio (Ref. BOE-A-2000-14480).
Materias
  • Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas
  • Dirección General de Instituciones Penitenciarias
  • Ministerio del Interior
  • Organización de la Administración del Estado

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