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La Sección de que se trata ha sido creada por el Real Decreto 194/2000, de 11 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 12), y por Orden de 24 de febrero de 2000 se ha dispuesto como fecha de inicio de sus actividades el día 30 de junio de 2000.
Existen en la actualidad siete Secciones en la Audiencia Provincial de Sevilla, de las que la 1.ª, 3.ª, 4.ª y 7.a están adscritas al orden jurisdiccional penal y las Secciones 2.ª, 5.ª y 6.ª están adscritas al orden jurisdiccional civil.
La entrada en funcionamiento de la indicada Sección 8.a de la Audiencia Provincial de Sevilla exige un acuerdo de este Consejo General del Poder Judicial sobre su especialización, por cuanto, de no adoptarse el indicado acuerdo, la referida Sección debería asumir todas las competencias que, tanto en el ámbito civil como en el ámbito penal, atribuyen a las Audiencias Provinciales los artículos 82 y 83 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Esta consecuencia no es congruente con la situación actualmente existente en esta Audiencia Provincial ni con el adecuado funcionamiento de este órgano judicial, habida cuenta la situación actual que presente esta Audiencia, en la que sólo tres secciones están adscritas de manera exclusiva al orden civil de la jurisdicción.
Por las consideraciones expuestas, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha, oídos los Magistrados de la referida Audiencia Provincial, oída la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 98 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, ha adoptado el siguiente acuerdo:
Aprobar, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y el artículo 20 del Reglamento 5/1995, de 7 de junio, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales, la adscripción de la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Sevilla, al orden jurisdiccional civil, con efectos del día 30 de junio de 2000, fecha de su entrada en funcionamiento, previa publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Publíquese el presente Acuerdo en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 14 de junio de 2000.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,
DELGADO BARRIO
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