Visto el expediente de indulto de don Julián Sancristóbal Iguarán, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por la Sala Segunda del Tribunal Supremo, en sentencia de fecha 29 de
julio de 1998, como autor de un delito de malversación de caudales públicos
y otro de secuestro, a las penas de diez años de prisión y doce años
de inhabilitación absoluta que produce la privación definitiva de todos
los honores, empleos y cargos públicos que tenga, aunque sean electivos,
y además, la incapacidad para obtener los mismos o cualesquiera otros
honores, cargos o empleos públicos, y la de ser elegido para cargo público,
durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1983,
previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23
de diciembre de 1998,
Vengo en indultar a don Julián Sancristóbal Iguarán de los dos tercios
de la pena privativa de libertad impuesta, e indultar parcialmente de la
pena de inhabilitación absoluta, de modo que quede privado
definitivamente de todos los honores, empleos y cargos públicos que tenga, aunque
sean electivos, e incapacitado para obtenerlos y para ser elegido durante
el plazo determinado para tal pena, pero permitiéndole ejercer el empleo
o cargo a que por su carrera profesional pudiera tener derecho, aunque
sea en cuerpos del Estado u otra entidad pública, excluyendo en todo
caso el prestado al servicio o al mando de cualquier clase de cuerpo policial
(estatal, autonómico o local), a condición de que no vuelva a cometer
delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 23 de diciembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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