De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional segunda del Real Decreto 71/1998, de 23 de enero, por el que se regula el ejercicio de la pesca de túnidos y especies afines en el Mediterráneo, esta Secretaría General de Pesca Marítima, una vez recibida la documentación acreditativa indicada en el artículo 10 de la referida norma, ha resuelto lo siguiente:
Primero.-Se publica como anejo el censo de buques autorizados a ejercer la pesca de atún rojo con arte de cerco en el caladero mediterráneo.
Segundo.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 2 de abril de 1998.-El Secretario general, Samuel J. Suárez Casado.
Ilmo. Sr. Director general de Recursos Pesqueros.
ANEJO
Relación de embarcaciones autorizadas a ejercer la pesca de atún rojo con arte de cerco en el caladero mediterráneo
Buque / Matrícula / Folio / T.R.B. / Potencia (CV) / Puerto base
Elorz / TA-3 / 2.715 / 105,72 / 660 / San Carlos de la Rápita.
La Frau / CP-3 / 1.964 / 82,24 / 435 / L'Ametlla de Mar.
La Vitera / AT-3 / 2.053 / 93,83 / 500 / Palamós.
Leonardo Brull / TA-3 / 2.571 / 113,75 / 560 / L'Ametlla de Mar.
Panchilleta Segundo / TA-3 / 2.698 / 135,04 / 950 / L'Ametlla de Mar.
Tío Gel / CP-3 / 2.009 / 78,54 / 725 / L'Ametlla de Mar.
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