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El Tribunal Constitucional, por providencia de 31 de marzo actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 1223/1998, planteada por el Juzgado de Menores número 1 de Valencia, respecto del artículo 15.1, reglas 7.a (párrafo primero) y 9.a, de la Ley reguladora de la Competencia y Procedimiento de los Juzgados de Menores, en la redacción dada por el artículo 2.2 de la Ley Orgánica 4/1992, de 5 de junio, por posible infracción del artículo 24.2 de la Constitución y del artículo 40.2 b), apartado i), de la Declaración del Derecho del Niño, de las Naciones Unidas, de 20 de noviembre de 1989, ratificada por España el 30 de noviembre de 1990.
Madrid, 31 de marzo de 1998.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.
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