Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha 16 de junio de 1998 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla), en el recurso contencioso-administrativo número 1.972/1995, promovido por don Daniel Núñez Parreño, contra resolución expresa de la Subdirección General de Gestión de Personal del Instituto Nacional de la Salud, desestimatoria de la solicitud formulada por el actor sobre reconocimiento de grado personal nivel 29 ó 28, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso contra la resolución objeto de la presente sentencia, la que hemos de confirmar por su bondad jurídica. No hay motivos para la imposición de las costas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 13 de octubre de 1998.–P. D. (Orden de 1 de julio de 1998 «Boletín Oficial del Estado» del 11), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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