Contido non dispoñible en galego
Advertidos errores en el texto remitido para su publicación de la Orden citada anteriormente, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 170, de fecha 17 de julio de 1998, a continuación se transcriben las oportunas rectificaciones:
En el artículo 5 de la Orden, página 24142, en el primer párrafo, donde dice:
«1. Las ayudas a las Agrupaciones reguladas en la presente Orden tendrán la consideración de subvenciones y se otorgarán con cargo a la partida presupuestaria 21.207.473, «Subvención a la Lucha Antigranizo», del Presupuesto de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 13.»
Debe decir:
«1. Las ayudas a las Agrupaciones reguladas en la presente Orden tendrán la consideración de subvenciones y se otorgarán con cargo a la partida presupuestaria 21.207.473, «Subvención a la Lucha Antigranizo», del Presupuesto de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios».
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