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Documento BOE-A-1998-14070

Modificación de los estatutos de «Eurofima», sociedad europea para la financiación de material ferroviario (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 30 de noviembre de 1984).

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 16 de junio de 1998, páginas 19818 a 19820 (3 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1998-14070
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/1997/07/17/(1)

TEXTO ORIGINAL

Modificación de los Estatutos

El 17 de julio de 1997, la Junta general extraordinaria de accionistas de «Eurofima», celebrada en Basilea, decidió ampliar el capital social actual de la sociedad de 2.100 a 2.600 millones de francos suizos mediante la emisión de 50.000 acciones nominativas por un valor nominal de 10.000 francos suizos cada una. Todos los accionistas que representan la totalidad del capital social de la sociedad suscribieron la totalidad de la ampliación de capital por 500.000.000 de francos suizos y la totalidad de las 50.000 nuevas acciones en proporción a su participación en el capital social en el momento de la ampliación.

La Junta decidió seguidamente modificar en consecuencia el artículo 5 de los Estatutos.

De conformidad con el artículo 2, letra c), del Convenio, las modificaciones de los Estatutos relativas a la ampliación del capital social están supeditadas al acuerdo del Gobierno del Estado en que se encuentra la sede.

La presente notificación se hace en virtud del artícu lo 2, letra d), del Convenio. De conformidad con dicha disposición, las citadas modificaciones serán aplicables en un plazo de tres meses a partir de dicha notificación, a saber, el 28 de octubre de 1997, si el Gobierno del Estado en que se encuentra la sede no ha formulado ninguna oposición.

Anejo: Acta de la Junta general extraordinaria de 17 de julio de 1997.

Berna, 28 de julio de 1997.

ACTA

de la Junta general extraordinaria de accionistas de «Eurofima», sociedad europea para el financiamiento de material ferroviario, sociedad por acciones, en Basilea, celebrada el 17 de julio de 1977, a las once treinta horas, en la sede de la sociedad, Rittergasse 20, en Basilea.

Están presentes el señor Etienne Schouppe, Presidente del Consejo de Administración; el señor René Soenen, la señora Orchidea Junosovic y los señores Albrecht Girsberger, Jószef Lovas y Jean-Pierre Deriaz.

El señor Etienne Schouppe preside la sesión.

Sobre la base de los poderes presentados en la Junta general, el Presidente comprueba que todos los accionistas que representan la totalidad del capital social de la sociedad están representados legalmente en la Junta general, en particular:

El Ferrocarril Alemán.

La Sociedad Nacional de Ferrocarriles Franceses.

Los «Ferrocarriles Italianos del Estado, Sociedad Anónima».

La Sociedad Nacional de Ferrocarriles Belgas.

Los «Ferrocarriles Neerlandeses, Sociedad Anónima».

La Red Nacional de Ferrocarriles Españoles.

Los Ferrocarriles Federales Suizos.

La Comunidad de Ferrocarriles Yugoslavos.

Los Ferrocarriles del Estado de Suecia.

La Sociedad Nacional de Ferrocarriles Luxemburgueses.

Los Ferrocarriles Federales Austríacos.

Los Ferrocarriles Portugueses.

El Organismo de Ferrocarriles Helénicos.

Los «Ferrocarriles del Estado Húngaro, Sociedad Anónima».

Los Ferrocarriles Croatas.

Los Ferrocarriles Eslovenos.

Los Ferrocarriles de Bosnia y Herzegovina.

Los Ferrocarriles de la Antigua República Yugoslava de Macedonia.

La Explotación de Ferrocarriles del Estado de la República Turca.

Los Ferrocarriles del Estado Danés.

Los Ferrocarriles del Estado Noruego.

El Presidente constata que la Junta general extraordinaria de hoy ha sido convocada de conformidad con los Estatutos y que en virtud del artículo 15, apartado 1, de los Estatutos está válidamente constituida.

A propuesta del Presidente, la Junta general designa por unanimidad a:

El señor René Soenen como Secretario.

Los señores Albrecht Gisverger y Jean-Pierre Deriaz como Interventores.

La Junta general trata del siguiente punto (tema de negociación), que, como comprueba el Presidente, figura en la carta de convocatoria para la Junta general extraordinaria de hoy. Como hace observar el Presidente, dicha carta, que fue enviada dentro del plazo a todos los accionistas, contiene lo esencial de la modificación estatutaria propuesta. El Presidente precisa que las propuestas que figuran a continuación se presentan de conformidad con las decisiones del Consejo de Administración de 6 de junio de 1997.

Punto único. Ampliación del capital social.

A propuesta del Presidente, la Junta general decide, por unanimidad, ampliar el capital social actual de la sociedad de 2.100.000.000 a 2.600.000.000 de francos suizos, mediante la emisión de 50.000 acciones nominativas por un importe de 10.000 francos suizos. El precio de emisión unitario de la acción asciende a 10.000 francos suizos y, con sujeción a la entrada en vigor de todas las decisiones tomadas por la presente Junta general y por la Junta general extraordinaria mencionada a continuación, que todavía ha de convocarse, el derecho a dividendo tomará efecto con efecto retroactivo el 1 de enero de 1997.

Asimismo, a propuesta del Presidente, la Junta general acuerda, por unanimidad, que del importe de la ampliación deberán liberarse 100.000.000 de francos suizos, deduciéndolos de la reserva especial (reserva de garantía) de la sociedad. Asimismo, a propuesta del Presidente, la Junta general acuerda, por unanimidad, que una vez realizada la ampliación de capital y la liberación del importe, todas las acciones de la sociedad serán liberadas uniformemente a razón de un 20 por 100.

Sobre la base de los boletines de suscripción presentados, la Junta general hace constar, por unanimidad, a propuesta del Presidente, que la totalidad de la ampliación de capital de 500.000.000 de francos suizos, y que la totalidad de las 50.000 nuevas acciones por un valor nominal de 10.000 francos suizos cada una, han sido suscritas todas y cada una de ellas enteramente por los accionistas en proporción a su participación en el capital social en el momento de la ampliación de capital, a saber:

Acciones / Valor nominal

-

Francos suizos

El Ferrocarril Alemán / 12.500 / 125.000.000

La Sociedad Nacional de Ferrocarriles Franceses / 12.500 / 125.000.000

Los «Ferrocarriles Italianos del Estado, Sociedad Anónima» . / 6.750 / 67.500.000

La Sociedad Nacional de los Ferrocarriles Belgas / 4.900 / 49.000.000

Los «Ferrocarriles Neerlandeses, Sociedad Anónima» / 3.000 / 30.000.000

La Red Nacional de Ferrocarriles Españoles / 2.610 / 26.100.000

Los Ferrocarriles Federales Suizos / 2.500 / 25.000.000

La Comunidad de Ferrocarriles Yugoslavos / 1.150 / 11.500.000

Los Ferrocarriles del Estado de Suecia / 1.000 / 10.000.000

La Sociedad Nacional de Ferrocarriles Luxemburgueses / 1.000 / 10.000.000

Los Ferrocarriles Federales Austríacos / 1.000 / 10.000.000

Los Ferrocarriles Portugueses / 500 / 5.000.000

El Organismo de Ferrocarriles Helénicos / 100 / 1.000.000

Los «Ferrocarriles del Estado Húngaro, Sociedad Anónima» . / 100 / 1.000.000

Los Ferrocarriles Croatas / 100 / 1.000.000

Los Ferrocarriles Eslovenos / 100 / 1.000.000

Los Ferrocarriles de Bosnia y Herzegovina / 100 / 1.000.000

Los Ferrocarriles de la Antigua República Yugoslava de Macedonia / 50 / 500.000

La Explotación de Ferrocarriles del Estado de la República Turca / 20 / 200.000

Los Ferrocarriles del Estado Danés / 10 / 100.000

Los Ferrocarriles del Estado Noruego / 10 / 100.000

a saber, en total / 50.000 / 500.000.000

A propuesta del Presidente la Junta general acuerda, por unanimidad, que la liberación de las nuevas acciones por el importe ya decidido se producirá en la próxima Junta general extraordinaria, sin que ésta pueda tener lugar antes que la modificación de los Estatutos, que todavía se ha de decidir, haya entrado en vigor de conformidad con el artículo 2, letra d), del Convenio relativo a la constitución de «Eurofima» (de 20 de octubre de 1955).

A propuesta del Presidente la Junta general acuerda seguidamente, por unanimidad, modificar el artículo 5 de los Estatutos de la manera siguiente:

«Artículo 5.

El capital social de la sociedad asciende a 2.600.000.000 de francos suizos. Está dividido en 260.000 acciones por un valor nominal de 10.000 francos suizos.

Tras la séptima ampliación de capital (1997), la distribución de acciones queda establecida en la forma siguiente:

65.000 acciones: El Ferrocarril Alemán.

65.000 acciones: La Sociedad Nacional de Ferrocarriles Franceses.

35.100 acciones: Los "Ferrocarriles Italianos del Estado, Sociedad Anónima".

25.480 acciones: La Sociedad Nacional de Ferrocarriles Belgas.

15.600 acciones: Los "Ferrocarriles Neerlandeses, Sociedad Anónima".

13.572 acciones: La Red Nacional de Ferrocarriles Españoles.

13.000 acciones: Los Ferrocarriles Federales Suizos.

5.980 acciones: La Comunidad de Ferrocarriles Yugoslavos.

5.200 acciones: Los Ferrocarriles del Estado de Suecia.

5.200 acciones: La Sociedad Nacional de Ferrocarriles Luxemburgueses.

5.200 acciones: Los Ferrocarriles Federales Austríacos.

2.600 acciones: Los Ferrocarriles Portugueses.

520 acciones: El Organismo de Ferrocarriles Helénicos.

520 acciones: Los "Ferrocarriles del Estado Húngaro, Sociedad Anónima".

520 acciones: Los Ferrocarriles Croatas.

520 acciones: Los Ferrocarriles Eslovenos.

520 acciones: Los Ferrocarriles de Bosnia y Herzegovina.

260 acciones: Los Ferrocarriles de la Antigua República Yugoslava de Macedonia.

104 acciones: La Explotación de Ferrocarriles del Estado de la República Turca.

52 acciones: Los Ferrocarriles del Estado Danés.

52 acciones: Los Ferrocarriles del Estado Noruego.»

Por unanimidad, el Consejo de Administración queda encargado asimismo de actualizar el registro de acciones en cuanto se haya celebrado la Junta general extraordinaria, en la que se dejará constancia de la liberación de las acciones vinculada a la ampliación de capital decidida de ese modo.

Vistas las decisiones que se acaban de tomar y considerando que:

según el artículo 2, letra c), del Convenio anteriormente mencionado, la modificación del artículo 5 de los Estatutos, relativa a la ampliación del capital, queda supeditada al acuerdo del Gobierno del Estado en que se encuentra la sede;

en virtud del artículo 2, letra d), del Convenio, el Gobierno del Estado en que se encuentra la sede, notificará sin demora a los demás Gobiernos cualquier modificación de los Estatutos acordada por la sociedad;

después de su entrada en vigor legal y después de que la nueva Junta general extraordinaria, anteriormente indicada, se haya celebrado, la ampliación de capital y la modificación de los Estatutos deberán notificarse al Registro Mercantil del cantón en el que se encuentra la sede de la sociedad;

la Junta general, por unanimidad, encomienda al Consejo de Administración que:

dé cuenta al Gobierno de la Confederación Helvética de la modificación de los Estatutos acordada, solicitando su acuerdo relativo a la modificación del artículo 5 e invitándolo a notificar dicha modificación a los demás Gobiernos;

comunique la ampliación de capital, así como la modificación acordados, al Registro Mercantil del Cantón de Basilea Ciudad y que invite a éste a proceder a su inscripción en cuanto al Gobierno de la Confederación Helvética haya dado expresamente su consentimiento a la modificación del artículo 5 de los Estatutos y todas las modificaciones de los Estatutos se hayan notificado a los demás Gobiernos, que todas las decisiones aprobadas hoy por la Junta general hayan entrado en vigor legalmente y que una Junta general extraordinaria que todavía debe celebrarse deje constancia de la liberación de las nuevas acciones;

y autoriza a éste último a realizar por sí mismo las eventuales correcciones de tipo formal o de redacción de actas que puedan ser requeridas por el encargado del Registro Mercantil anteriormente mencionado, sin tener que convocar una nueva Junta general.

Se levanta la sesión a las doce horas.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 4 de junio de 1998.-El Secretario general técnico, Julio Núñez Montesinos.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 17/07/1997
  • Fecha de publicación: 16/06/1998
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 4 de junio de 1998.
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 5 de los Estatutos del Convenio de 20 de octubre de 1955 (Ref. BOE-A-1984-26467).
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Ferrocarriles
  • Sociedad Europea para la Financiación de Material Ferroviario

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