Está Vd. en

Documento BOE-A-1998-1371

Cuestión de inconstitucionalidad número 4.112/1997.

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 23 de enero de 1998, páginas 2315 a 2315 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1998-1371

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por providencia de 13 de enero actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 4.112/1997, planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en relación con la disposición final segunda de la Ley 8/1987, de 8 de junio, de Planes y Fondos de Pensiones, en la redacción dada por el apartado 23 de la disposición adicional undécima de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, por posible contradicción con los artículos 117.3, 134.2, 14 y 103.3 de la Constitución.

Madrid, 13 de enero de 1998.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 13/01/1998
  • Fecha de publicación: 23/01/1998
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la misma, se declara su desestimación, por Sentencia 139/2005, de 26 de mayo (Ref. BOE-T-2005-10546).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad:
    • de la disposición final segunda de la Ley 8/1987, de 8 de junio , en la redacción dada por la disposición adicional 11 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre (Ref. BOE-A-1987-13491) y (Ref. BOE-A-1995-24262).
Materias
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Fondos de pensiones
  • Planes de pensiones

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid