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Documento BOE-A-1997-21682

Orden de 3 de octubre de 1997 por la que se modifica la Orden de 21 de julio de 1994, reguladora de los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo.

Publicado en:
«BOE» núm. 245, de 13 de octubre de 1997, páginas 29658 a 29659 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1997-21682
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1997/10/03/(3)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 18 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros automatizados de las Administraciones Públicas deberá realizarse mediante disposición general publicada en el «Boletín Oficial del Estado» o diario oficial correspondiente.

Para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, se dictó la Orden de 21 de julio de 1994, reguladora de los ficheros automatizados de datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo.

Dicha Orden contenía en su anexo 2, Ficheros de carácter administrativo, entre otros el «Fichero: Residentes» y el «Fichero: Mir». Con posterioridad a dicha Orden se incluyeron, en ambos ficheros, otros colectivos diferentes de los inicialmente contemplados, ya que la evolución del sistema sanitario y educativo ha determinado y seguirá determinando que otros profesionales, distintos a los tradicionalmente implicados en la actividad asistencial, deban actuar con una formación complementaria en determinadas áreas, lo que ha propiciado que se posibilite su formación por el sistema de residencia y su acceso a través de la prueba selectiva, ya que ambos métodos han demostrado su adecuación y eficacia.

Por otra parte, el Real Decreto 931/1995, de 9 de junio, por el que se dictan normas en relación con la formación especializada en Medicina Familiar y Comunitaria de los Licenciados en Medicina a partir del 1 de enero de 1995 y se adoptan determinadas medidas complementarias, ha introducido importantes modificaciones en la prueba selectiva de los Médicos, lo que obliga a adecuar la estructura básica del denominado «Fichero Mir».

Ambos motivos hacen necesaria la modificación de los ficheros de carácter administrativo «Fichero: Residentes» y «Fichero: Mir», contenidos en el anexo 2 de la Orden de 21 de julio de 1994.

En virtud de lo anterior, dispongo:

Primero.-El fichero denominado «Residentes», incluido en el anexo 2 -Ficheros de carácter administrativo- de la Orden de 21 de julio de 1994, reguladora de los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo, queda establecido en la siguiente forma:

Fichero Residentes

Usos y fines: Seguimiento de la formación de los adjudicatarios de plaza de Formación Sanitaria Especializada. Herramienta estadística.

Personas y/o colectivos afectados:

Titulados de grado superior y grado medio a los que se les adjudique plaza tras superar las pruebas selectivas para acceso a plazas de Formación Sanitaria Especializada.

Titulados de grado superior a los que se les adjudique plaza de Formación Sanitaria Especializada de acuerdo con lo previsto en los artículos 5.6, 11 y 18 del Real Decreto 127/1984, de 11 de enero, y del artículo 7.2 del Real Decreto 2708/1982, de 15 de octubre.

Procedimiento de recogida de datos: Soporte tratable automáticamente.

Estructura básica: Base de datos.

Tipos de datos:

Datos de identificación.

Datos personales.

Datos académicos.

Datos del período formativo.

Cesiones previstas:

Ministerio de Educación y Cultura.

Servicios públicos responsables de la producción de estadísticas oficiales.

Órgano de la Administración responsable: Subsecretaría de Sanidad y Consumo.

Unidad o Servicio ante los que se puede ejercitar el derecho de acceso, rectificación o cancelación: Subdirección General de Desarrollo Profesional.

Segundo.-El Fichero denominado «Mir», incluido en el -Fichero de carácter administrativo- del anexo 2 de la Orden de 21 de julio de 1994, reguladora de los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo, queda establecido en la siguiente forma:

Fichero: Pruebas selectivas

Usos y fines:

Gestión de las pruebas selectivas para acceso a plazas de Formación Sanitaria Especializada.

Utilización como herramienta de estadística e investigación sanitaria.

Personas y/o colectivos afectados: Titulados de grado superior y medio a los que se les permita el acceso a dichas pruebas, mediante la correspondiente Orden de convocatoria.

Procedimiento de recogida de datos: Formulario.

Estructura básica: Base de datos.

Tipos de datos:

Datos identificativos del aspirante.

Datos personales.

Datos administrativos.

Datos académicos y profesionales.

Datos del ejercicio.

Puesto obtenido.

Plaza adjudicada.

Cesiones previstas:

Ministerio de Educación y Cultura.

Servicios públicos responsables de la producción de estadísticas oficiales.

Órgano de la Administración responsable: Subsecretaría de Sanidad y Consumo.

Unidad o Servicio ante los que se puede ejercitar el derecho de acceso, rectificación o cancelación: Subdirección General de Desarrollo Profesional.

Tercero.-El titular del órgano responsable del fichero automatizado adoptará, bajo la superior dirección del Ministro de Sanidad y Consumo, las medidas de gestión y organización que sean necesarias, asegurando, en todo caso, la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, y en sus normas de desarrollo.

Cuarto.-La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 3 de octubre de 1997.

ROMAY BECCARÍA

Ilmos. Sres. Subsecretario de Sanidad y Consumo, Secretario general de Asistencia Sanitaria, Secretario general técnico, Directores generales del Departamento y Directores de Organismos Autónomos y Entidades adscritas al Departamento.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 03/10/1997
  • Fecha de publicación: 13/10/1997
  • Fecha de entrada en vigor: 14/10/1997
Referencias anteriores
Materias
  • Ficheros con datos personales
  • Ministerio de Sanidad y Consumo

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