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Con fecha 6 de junio de 1997, este Ministerio de Asuntos Exteriores dirigió a la Embajada de la República de Camerún en España la siguiente
NOTA VERBAL
El Ministerio de Asuntos Exteriores saluda atentamente a la Embajada de la República de Camerún en Madrid y en relación en última instancia a la Nota Verbal de este Ministerio número 12/18, de 29 de mayo de 1995, lamenta comunicar a esa Embajada que al no haberse recibido respuesta alguna por parte de las Autoridades camerunesas a la Nota Verbal antes mencionada, las Autoridades españolas se ven en la obligación de dar por terminada la aplicación del Acuerdo de Cooperación sobre Marina Mercante entre España y la República de Camerún, hecho en Yaundé el 10 de mayo de 1986.
En consecuencia el Acuerdo dejará de producir su efecto tres meses después de la fecha de recepción de la presente Nota Verbal.
No obstante, las Autoridades españolas, dentro del marco de las excelentes relaciones de amistad y cooperación que siempre han presidido los intercambios hispano-cameruneses, tienen el honor de reiterar su mejor disposición para continuar las relaciones de cooperación en marina mercante entre ambos Estados en el marco de la Unión Europea.
El Ministerio de Asuntos Exteriores aprovecha esta oportunidad para reiterar a la Embajada de la República del Camerún el testimonio de su más alta consideración.
Madrid, 6 de junio de 1997.
A la Embajada de la República de Camerún.
El Acuerdo de cooperación sobre marina mercante entre España y la República de Camerún, hecho en Yaundé el 10 de mayo de 1986, dejará de producir su efecto el 9 de octubre de 1997, tres meses después de la fecha de recepción de la referida Nota Verbal, según se prevé en el texto de la misma.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 2 de octubre de 1997.-El Secretario general técnico, Julio Núñez Montesinos.
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