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Documento BOE-A-1996-4725

Corrección de errores de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Comercio Interior de Andalucía.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 1 de marzo de 1996, páginas 8251 a 8251 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-1996-4725
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-an/l/1996/01/10/1/corrigendum/19960301

TEXTO ORIGINAL

Advertido error en el texto remitido para su publicación de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Comercio Interior de Andalucía, inserta en el «Boletín Oficial del Estado número 41, de 16 de febrero de 1996, se procede a la siguiente rectificación:

En el artículo 22, apartado 2, letra c), donde dice: «Aquella que permita valorar los efectos de la instalación que se propone en relación con los factores establecidos en el artículo 21 de esta Ley.», debe decir: «Aquella que permita valorar los efectos de la instalación que se propone en relación con los factores establecidos en el artículo 23 de esta Ley.».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 01/03/1996
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Decreto Legislativo de 20 de marzo de 2012 (Ref. BOE-A-2012-90003).
  • Publicada en el BOJA núm. 20, de 10 febrero de 1996.
  • Fecha de derogación: 31/03/2012
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Ley 1/1996, de 10 de enero (Ref. BOE-A-1996-3456).
Materias
  • Andalucía
  • Comerciantes
  • Comercio
  • Establecimientos comerciales
  • Horario comercial
  • Publicidad
  • Venta
  • Venta ambulante

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