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El artículo 22 del Real Decreto 390/1996, de 1 de marzo, por el que se desarrolla parcialmente al Ley 13/1995 de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, prevé que la designación de la Mesa de Contratación podrá hacerse con carácter permanente, requiriendo en tal supuesto, al tratarse de un organismo dependiente de la Administración General del Estado, que su composición se publique en el «Boletín Oficial del Estado».
En su virtud, dispongo:
Primero.-La Mesa de Contratación del Instituto Social de las Fuerzas Armadas tendrá la siguiente composición:
1. Presidente: El Secretario general, que será suplido, en los supuestos previstos en el artículo 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por el Subdirector Económico-Financiero.
2. Vocales:
a) El Jefe de Servicios Generales suplido en los casos legalmente previstos, por uno de los Jefes de Servicio o Sección de él dependientes. No obstante, cuando el objeto del contrato guarde relación con cuestiones propias de la competencia de la Subdirección de Prestaciones, esta Vocalía será desempeñada por el Subdirector de Prestaciones o por el Jefe de Area o Servicio, que éste designe por razones funcionales.
b) El Asesor jurídico o un Oficial Auditor de la Asesoría Jurídica del Instituto.
c) El Interventor Delegado o un Oficial Interventor de los destinados en la Intervención Delegada del organismo.
3. Secretario: El Jefe del Servicio de Contratación, que será suplido, en los supuestos indicados, por un funcionario destinado en el mismo.
Segundo.-La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 9 de mayo de 1996.-El Director general, José Antonio Sánchez Velayos.
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