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Documento BOE-A-1995-20687

Resolución de 28 de agosto de 1995, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de medio ambiente y desarrollo regional, por la que se da publicidad al Acuerdo de Consejo de Gobierno de 10 de agosto de 1995 por el que autoriza al Ayuntamiento de Navalafuente, de la provincia de Madrid, para adoptar Escudo Heráldico y Bandera Municipal.

Publicado en:
«BOE» núm. 218, de 12 de septiembre de 1995, páginas 27496 a 27496 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-1995-20687

TEXTO ORIGINAL

El Ayuntamiento de Navalafuente, de la provincia de Madrid, inició expediente para la adopción de escudo heráldico y bandera municipal, conforme al artículo 22.2.b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y Decreto de la Comunidad Autónoma de Madrid 30/1987, de 9 de abril, por el que se regula el proceso de rehabilitación de banderas y escudos por los municipios de la Comunidad de Madrid.

El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las normas establecidas en el artículo 187 del mencionado Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y el Decreto 30/1987, de 9 de abril citado, figurando los informes favorables a que se hace referencia en los mismos.

En su virtud, de conformidad con el artículo 8.1.d del Decreto de la Comunidad de Madrid 30/1992, de 14 de mayo, y el artículo 8.º del Decreto 71/1995, de 30 de junio, y el artículo 7.º del Decreto 84/1995, de 1 de julio, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y Desarrollo Regional, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de fecha 10 de agosto de 1995, acuerda:

Primero.-Aprobar el escudo municipal de Navalafuente, de la provincia de Madrid, de conformidad con el expediente incoado por el Ayuntamiento y los informes a los que hace referencia el artículo 187 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y el Decreto 30/1987, cuya descripción queda como sigue: Escudo. «Partido. Primero de azur, un molde de plata cargado de seis matas de hierba verdes y acompañado de tres flores de lis de oro dispuestas 1 y 2; segundo de gules, un acueducto de dos órdenes de plata, sobre rocas de lo mismo. Al timbre Corona Real Española».

Segundo.-Aprobar la bandera municipal de Navalafuente, de la provincia de Madrid, con la descripción siguiente: «Bandera de proporciones 2 : 3 de color verde, con triángulo de color blanco cuya base coincide con el asta y su vértice con el centro del paño; en el centro de este triángulo, es escudo de armas timbrado antes descrito».

Tercero.-Comunicar el presente Acuerdo al Ayuntamiento de Navalafuente.

Cuarto.-Proceder a la publicación del presente Acuerdo en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» y «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de agosto de 1995.-El Secretario general técnico, Román Hierro Roldán.

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