Contido non dispoñible en galego
El Ayuntamiento de Brea de Tajo, de la provincia de Madrid, inicio expediente para la adoptación de escudo heráldico y bandera municipal, conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases de Régimen Local, artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y Decreto de la Comunidad Autónoma de Madrid 30/1987, de 9 de abril, por el que se regula el proceso de rehabilitación de banderas y escudos por los municipios de la Comunidad de Madrid.
El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las normas establecidas en el artículo 187 del mencionado Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y el Decreto 30/1987, de 9 de abril citado, figurando los informes favorables a que se hace referencia en los mismos.
En su virtud, de conformidad con el artículo 8.1.d) del Decreto de la Comunidad de Madrid 178/1987, de 15 de octubre y el artículo 4 del Decreto 55/1991, de 22 de julio, a propuesta del Consejero de Cooperación, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de fecha 25 de mayo de 1995, acuerda:
Primero.-Aprobar el escudo heráldico de Brea de Tajo, de la provincia de Madrid, de conformidad con el expediente incoado por el Ayuntamiento y los informes a los que hace referencia el artículo 187 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, y el Decreto 30/1987, cuya descripción queda como sigue: «Escudo cuartelado en aspa. Primero y cuarto de sinople con una banda de gules perfilado de oro. Segundo y tercero de oro con una Cruz de Calatrava de gules. Timbrado de Corona Real Española».
Segundo.-Aprobar la bandera municipal de Brea de Tajo, de la provincia de Madrid, con la descripción siguiente: «Bandera de proporcio nes 2:3, paño de cuatro triángulos que forman las diagonales de la misma, siendo rojo el superior, amarillo junto al asta, verde el inferior y blanco el del batiente».
Tercero.-Comunicar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Brea de Tajo.
Cuarto.-Proceder a la publicación del presente acuerdo en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» y «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 6 de julio de 1995.-El Secretario general Técnico, Román Hierro Roldán.
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