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Documento BOE-A-1995-12738

Orden de 19 de mayo de 1995 por la que se corrigen errores y se amplía el anexo de la Orden de 27 de julio de 1994, por la que se regulan los ficheros de datos personales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 128, de 30 de mayo de 1995, páginas 15685 a 15688 (4 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1995-12738
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1995/05/19/(2)

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 27 de julio de 1994 por la que se regulan los ficheros de datos personales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, así como, en suplemento aparte, el anexo de la misma, conteniendo relación y descripción de dichos ficheros, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» número 180, de 29 de julio de 1994.

Advertidos errores y omisiones en la publicación del citado anexo, procede efectuar la oportuna corrección de errores, y la ampliación del mismo.

En su virtud, dispongo:

Primero.-En el anexo de la Orden de 27 de julio de 1994 por la que se regulan los ficheros de datos personales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, publicado en suplemento aparte, en el «Boletín Oficial del Estado» número 180, de 29 de julio de 1994, se realizan las siguientes correcciones:

En la página 93, en el fichero «Sistemas de Gestión Integrada de Personal (SGIP)», el apartado tipo de datos de carácter personal queda redactado de la forma siguiente:

«Tipos de datos de carácter personal:

Datos de carácter identificativo.

Datos de características personales.

Datos de detalles del empleo y carrera administrativa.

Datos económico-financieros.»

En el mismo fichero, entre los cesionarios de datos, deben figurar el Ministerio de Economía y Hacienda y el Ministerio para las Administraciones Públicas.

En la página 102, en el fichero «Sistemas de Información de Prestaciones Económicas y Sociales del Síndrome Tóxico. Fichero de reintegros», en el apartado tipo de datos de carácter personal, deben incluirse, entre los datos de carácter identificativo, el DNI/NIF y el número de censo.

En la página 102, en el fichero de «Prestaciones Económmicas y Sociales del Síndrome Tóxico, Fichero de Prestaciones», donde dice:

«Afectados por los datos: Afectados y beneficiarios de afectados fallecidos por el síndrome tóxico.

Obligados a suministrar los datos: Afectados por el síndrome tóxico y sus beneficiarios.»

Debe decir:

«Afectados por los datos: Afectados por el síndrome tóxico y sus beneficiarios.

Obligados a suministrar los datos: Afectados, representantes legales y beneficiarios.»

En la página 105, en el fichero «Sistemas de Información Contable de los Centros Gestores del Presupuesto de Gastos (SICOP). Interesados», entre los cesionarios de datos debe figurar el Ministerio de Economía y Hacienda.

En la página 109, en el fichero de «Permiso de trabajo a extranjeros (PTE)», en la denominación del fichero; donde dice: «Permiso», debe decir: «Permisos».

En el mismo fichero, en el apartado finalidad y usos previstos; donde dice: «... posterior explotación estadística», debe decir: «... posterior explotación estadística con fines de investigación».

En el mismo fichero, en el apartado personas o colectivos personales; donde dice: «Trabajadores extranjeros», debe decir: «Trabajadores extranjeros con permiso de trabajo».

En la página 111, en el fichero «Sistema de Gestión Integrada de Personal (SGIP)», el apartado tipo de datos de carácter personal, queda redactado de la forma siguiente:

«Tipo de datos de carácter personal:

Datos de carácter identificativo.

Datos de características personales.

Datos de detalles del empleo y carrera administrativa.

Datos económico-financieros.»

En el mismo fichero, entre los cesionarios de datos, deben figurar el Ministerio de Economía y Hacienda y el Ministerio para las Administraciones Públicas.

En la página 111, en el fichero «Gestión de Expedientes de Sanciones y Liquidaciones», entre los cesionarios de datos, debe figurar el Ministerio de Economía y Hacienda.

En la página 112, en el fichero «Sistema de Gestión de Inspección (SGI). MTS12.ACT», en el apartado tipo de datos de carácter personal, deben incluirse, entre los datos de actividad comercial, las actividades y negocios.

En la página 114, en el fichero «Control de Accidentes de Trabajo, ACCIDENTEATCDAPARTE», debe cambiarse la denominación por «Control de Accidentes de Trabajo, ACCIDENTE/ATCB-94/APARTE».

En el mismo fichero, en el apartado tipo de datos de carácter personal, debe incluirse, entre los datos de características personales, el sexo.

En la página 114, en el fichero «Elecciones Sindicales. Sindicalelegidos», en el apartado órganos de la Administración responsables del fichero; donde dice: «... de Teruel, de Avila y de la Rioja», debe decir: «... de Teruel y Badajoz».

En el mismo fichero, en el apartado servicios y unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación; donde dice: «Dirección Provincial de Teruel, de Avila y de La Rioja», debe decir: «Dirección Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales de Teruel y Badajoz».

En la página 114, en el fichero «UMAC/Conciliaciones, UMACMAC.DBF», en el apartado órganos de la Administación responsables del fichero; donde dice: «... de Teruel, de Avila y de La Rioja», debe decir: «... de Teruel y Ceuta».

En el mismo fichero, en el apartado servicios y unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación; donde dice: «Dirección Provincial de Teruel, de Avila y de La Rioja», debe decir: «Dirección Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales de Teruel y Ceuta».

En la página 120, en el fichero «Publicaciones», en el apartado tipo de datos de carácter personal, entre los datos de carácter identificativo, debe incluirse el DNI/NIF.

En la página 123, en los ficheros «SILED. Sistema de Información Laboral Desempleo. Prestaciones» y «SILEE. Sistema de Información Laboral Empleo. Empleadores», en la página 124, en los ficheros «SILEE. Sistema de Información Laboral Empleo. Demandas» y «SILEE. Sistema de Información Laboral Empleo. Ofertas», en la página 128, en el fichero «SILEF. Sistema de Información Laboral Empleo y Formación. Docentes y Expertos» y en la página 129, en el fichero «SILEF. Sistema de Información Laboral Empleo y Formación. Alumnos», entre los cesionarios de datos en el apartado de entidades privadas, deben figurar las «instituciones y entidades que concierten con el INEM la colaboración para la ejecución de sus fines».

En la página 125, en el fichero «Sistemas de Información de Pagos. Ficha de terceros. BANCOE», en el apartado servicios y unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación; donde dice: «Subdirección General de Promoción de Empleo. Instituto Nacional de Empleo», debe decir «Subdirección General de Gestión Económica y Presupuestaria del Instituto Nacional de Empleo».

En la página 129, en el fichero «Sistema de Gestión de Escuelas Taller y Casas de Oficios. Profesores de Escuelas Taller y Casas de Oficios», en los apartados finalidad del fichero y usos previstos y afectados por los datos; donde dice: «personal docente», debe decir: «personal docente y de estructura».

En la página 131, en el fichero «Cargos.dbf», en el apartado finalidad del fichero y usos previstos; donde dice: «... Entidades Profesionales», debe decir: «... Enfermedades Profesionales».

La descripción del fichero «Producti.dbf» ha quedado duplicada en las páginas 146 y 147, por lo que debe anularse la segunda de ellas.

En la página 148, en el fichero «PM», en el apartado finalidad del fichero y usos previstos; donde dice: «Gestión de plantillas de personal», debe decir: «Gestión de personal del Instituto Social de la Marina».

En el mismo fichero, el apartado tipo de datos de carácter personal, queda redactado de la forma siguiente:

«Tipo de datos de carácter personal:

Datos de carácter identificativo.

Datos de características personales.

Datos académicos y profesionales.

Datos de detalles del empleo y carrera administrativa.»

En el mismo fichero, en los apartados órganos de la Administración responsables del fichero y servicios y unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación; donde dice: «Secretaría General. Instituto Social de la Marina», debe decir: «Secretaría General y Direcciones Provinciales del Instituto Social de la Marina».

En la página 149, en el fichero «SANIMAR. TDS1-SMMDP», el apartado tipo de datos de carácter personal queda redactado de la forma siguiente:

«Tipo de datos de carácter personal:

Salud. Han sido recabados con consentimiento expreso del afectado.

Datos de carácter identificativo.

Datos de características personales.»

En el mismo fichero, en el apartado órganos de la Administración responsables del fichero, donde dice: «Subdirección General de Acción Social Marítima. Instituto Social de la Marina», debe decir: «Subdirección General de Acción Social Marítima y Direcciones Provinciales del Instituto Social de la Marina».

En el mismo fichero, en el apartado Servicios y unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación, donde dice: «Secretaría General. Instituto Social de la Marina»; debe decir: «Secretaría General y Direcciones Provinciales del Instituto Social de la Marina».

En la página 149, en el fichero «CM9.TDS1-CM9», en el apartado órganos de la Administración responsables del fichero; donde dice: «Subdirección General de Seguridad Social. Instituto Social de la Marina», debe decir: «Subdirección General de Seguridad Social y Direcciones Provinciales del Instituto Social de la Marina».

En la página 150, en el fichero «AFINSTR. TDS-TRABAJADORES-IDX» el apartado tipo de datos de carácter personal, queda redactado de la forma siguiente:

«Tipo de datos de carácter personal:

Datos de carácter identificativo.

Datos de características personales.

Datos académicos y profesionales».

En el mismo fichero, en el apartado órganos de la Administración responsables del fichero; donde dice: «Subdirección General de Seguridad Social de Trabajadores del Mar. Instituto Social de la Marina», debe decir: «Subdirección General de Seguridad Social de Trabajadores del Mar y Direcciones Provinciales del Instituto Social de la Marina».

En el mismo fichero, en el apartado servicios y unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación; donde dice: «Secretaría General. Instituto Social de la Marina», debe decir: «Secretaría General y Direcciones Provinciales del Instituto Social de la Marina».

En la página 150, en el fichero «NASN TDS1-NASN», el apartado tipo de datos de carácter personal, queda redactado de la forma siguiente:

«Tipo de datos de carácter personal:

Datos de carácter identificativo.

Datos de características personales.

Datos académicos y profesionales».

En el mismo fichero, en los apartados órganos de la Administración responsables del fichero y servicios y unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación; donde dice: «Secretaría General. Instituto Social de la Marina», debe decir: «Secretaría General y Direcciones Provinciales del Instituto Social de la Marina».

En la página 150, en el fichero «NASN TDS1-MANAS2», el apartado tipo de datos de carácter personal, queda redactado de la forma siguiente:

«Tipo de datos de carácter personal:

Datos de carácter identificativo.

Datos de características personales.

Datos de detalle de empleo y carrera administrativa.

Datos económico-financieros.»

En el mismo fichero, en los apartados órganos de la Administración responsables del fichero y servicios y unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación; donde dice: «Secretaría General. Instituto Social de la Marina», debe decir: «Secretaría General y Direcciones Provinciales del Instituto Social de la Marina».

En la página 151, en el fichero «Afiliación, Fichero General de Afiliación», entre los cesionarios de datos, deben figurar los Servicios Estadísticos de los Departamentos Ministeriales.

En la página 153, en el fichero «Base de Datos de rea Local BADARAL», en la denominación del fichero; donde dice: «Base de datos de rea Local...», debe decir: «Base de Datos de Red Local...».

Segundo.-Al final del anexo citado en el apartado anterior, se incluye la descripción de los ficheros que a continuación se relacionan:

Denominación del sistema de información y del fichero:

Agora.

Finalidad del fichero y usos previstos:

Proporcionar información actualizada sobre la situación de la informática del departamento.

Consultas e informes sobre la situación del personal.

Obtención de estadísticas.

Personas o colectivos personales:

Afectados por los datos:

Personal de la Dirección General de Informática y Estadística, Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, INFES, Fondo de Garantía Salarial, Intervención General de la Seguridad Social, Instituto Nacional de Empleo, Gerencia de Informática de la Seguridad Social, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Instituto Social de la Marina, Tesorería General de la Seguridad Social.

Obligados a suministrar los datos: Dirección General de Personal del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Dirección General de Informática y Estadística, Gerencia de Informática de la Seguridad Social, Instituto Nacional de Empleo.

Procedimiento de recogida de los datos: Procesos batch de los diferentes ficheros de personal.

Estructura básica del fichero: Base de datos.

Tipo de datos de carácter personal:

Datos de carácter identificativo.

Datos de detalles del empleo y carrera administrativa.

Cesiones de datos de carácter personal previstas: No se prevén.

Organos de la Administración responsables del fichero:

Subdirección General de Planificación y Coordinación Informática.

Dirección General de Informática y Estadística.

Servicios y unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Subdirección General de Planificación y Coordinación Informática.

Dirección General de Informática y Estadística.

Denominación del sistema de información y del fichero:

INVAC. Investigación de accidentes.

Finalidad del fichero y usos previstos:

Obtener información de carácter preventivo, en cuanto a accidentes de trabajo.

Estadísticas de siniestralidad y estudios epidemiológicos.

Personas o colectivos personales:

Afectados por los datos: Trabajadores.

Obligados a suministrar los datos: Empresas y trabajadores afectados por el accidente.

Procedimiento de recogida de los datos: Cuestionarios.

Estructura básica del fichero: Base de datos.

Tipo de datos de carácter personal:

Datos de carácter identificativo.

Datos de características personales.

Datos de detalles del empleo y carrera administrativa.

Cesiones de datos de carácter personal previstas: No se prevén.

Organos de la Administración responsables del fichero:

Dirección del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales.

Servicios y unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Dirección del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales.

Denominación del sistema de información y del fichero:

DCBPCD.

Cuentas bancarias del personal de la Consejería Laboral y de Asuntos Sociales del Reino Unido y sus dependencias.

Finalidad del fichero y usos previstos:

Realizar las transferencias de remuneraciones mensuales y otras al personal dependiente de la Consejería Laboral y de Asuntos Sociales del Reino Unido.

Personas o colectivos personales:

Afectados por los datos: Personal funcionario y contratado dependiente de la Consejería Laboral y de Asuntos Sociales del Reino Unido.

Obligados a suministrar los datos: Nadie.

Procedimiento de recogida de los datos: A través de un escrito con los datos.

Estructura básica del fichero: Base de datos.

Tipo de datos de carácter personal:

Datos de carácter identificativo.

Datos económico-financieros.

Cesiones de datos de carácter personal previstas: No se prevén.

Organos de la Administración responsables del fichero:

Consejería Laboral y de Asuntos Sociales del Reino Unido.

Subsecretaría.

Servicios y unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Consejería Laboral y de Asuntos Sociales del Reino Unido.

Subsecretaria.

Denominación del sistema de información y del fichero:

BDCERU.

Base de datos de la colonia española en el Reino Unido.

Finalidad del fichero y usos previstos:

Posibilitar que toda la información de utilidad para la colonia española en el Reino Unido llegue puntualmente a las personas interesadas.

Personas o colectivos personales:

Afectados por los datos: Residentes españoles en el Reino Unido.

Obligados a suministrar los datos: No hay nadie obligado.

Procedimiento de recogida de los datos: Mediante ficha de recogida de los datos.

Estructura básica del fichero: Base de datos.

Tipo de datos de carácter personal:

Datos de carácter identificativo.

Datos de características personales.

Datos académicos y profesionales.

Cesiones de datos de carácter personal previstas: No se prevén.

Organos de la Administración responsables del fichero:

Consejería Laboral y de Asuntos Sociales del Reino Unido.

Subsecretaría.

Servicios y unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Consejería Laboral y de Asuntos Sociales del Reino Unido.

Subsecretaría.

Denominación del sistema de información y del fichero:

FDNFGIRU.

Fichero de datos de familias y niños asistentes a guarderías infantiles de Londres dependientes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Finalidad del fichero y usos previstos:

Optimizar el servicio y la comunicación con las familias de los alumnos de las guarderías infantiles de Londres, dependientes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Personas o colectivos personales:

Afectados por los datos: Familias de niños registrados o en lista de espera de las guarderías infantiles de Londres, dependientes del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Obligados a suministrar los datos: Los anteriores.

Procedimiento de recogida de los datos: Ficha de recogida de datos.

Estructura básica del fichero: Base de datos.

Tipo de datos de carácter personal:

Datos de salud, recabados con consentimiento de los afectados.

Datos de carácter identificativo.

Datos de características personales.

Datos de circunstancias sociales.

Datos académicos y profesionales.

Datos de detalles del empleo y carrera administrativa.

Datos económico-financieros.

Cesiones de datos de carácter personal previstas: No se prevén.

Organos de la Administración responsables del fichero:

Consejería Laboral y de Asuntos Sociales del Reino Unido.

Subsecretaría.

Servicios y unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación:

Consejería Laboral y de Asuntos Sociales del Reino Unido.

Subsecretaría.

Tercero.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 19 de mayo de 1995.

GRIÑAN MARTINEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 19/05/1995
  • Fecha de publicación: 30/05/1995
  • Fecha de entrada en vigor: 31/05/1995
Referencias anteriores
  • AMPLIA y Corrige errores en la Orden de 27 de julio de 1994 (Ref. BOE-A-1994-17676).
Materias
  • Ficheros con datos personales
  • Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

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