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Producida vacante en la Secretaría de Estado de la Defensa, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 17.1, párrafo segundo, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:
Que las competencias del Secretario de Estado de la Defensa se ejercerán por el Secretario de Estado de Administración Militar, don Julián Arévalo Arias.
Madrid, 3 de mayo de 1995.
GARCIA VARGAS
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