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Documento BOE-A-1994-8978

Cuestión de inconstitucionalidad número 961/1994.

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 21 de abril de 1994, páginas 12329 a 12329 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1994-8978

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por providencia de 12 de abril actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 961/1994, planteada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla, respecto del artículo 2.3, en la parte que dice <en sus grados medio o máximo y de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena>, de la Ley Orgánica 8/1984, de 26 de diciembre, de regulación del régimen de recursos en casos de objeción de conciencia y su régimen penal, por posible oposición al principio de proporcionalidad derivado de los artículos 1.1, 9.3 y 10.1 de la Constitución.

Madrid, 12 de abril de 1994.-El Secretario de Justicia.-Firmado y rubricado.

ANÁLISIS

  • Rango: Providencia
  • Fecha de disposición: 12/04/1994
  • Fecha de publicación: 21/04/1994
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA en la CUESTIÓN planteada y se declara su desestimación en relación con lo indicado en el art. 2.3, por Sentencia 55/1996, de 28 de marzo (Ref. BOE-T-1996-9371).
Referencias anteriores
  • Cuestión promovida por supuesta inconstitucionalidad lo indicado del art. 2.3 de la Ley Orgánica 8/1984, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-1984-28224).
Materias
  • Cuestiones de inconstitucionalidad
  • Objetores de conciencia
  • Servicio Militar

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