Está Vd. en

Documento BOE-A-1993-9739

Corrección de errores de la Orden de 18 de diciembre de 1992 por la que se establecen requisitos, conocimientos y medios mínimos exigibles para la obtención de las titulaciones de buceo profesional.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 89, de 14 de abril de 1993, páginas 10923 a 10924 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-1993-9739
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1992/12/18/(7)/corrigendum/19930414

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en el texto de la mencionada Orden, inserta en el <Boletín Oficial del Estado> número 7, del día 8 de enero de 1993, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

En la página 432, artículo 8, donde dice: <... en caso de contratos>, debe decir: <... en caso de contratados>.

En la página 433, anexo I, Títulos Profesionales, apartado 3, letra B), epígrafe d), donde dice: <Haber confeccionado...>, debe decir: <Haber perfeccionado...>.

En la página 433, anexo I, Títulos Profesionales, apartado 5, letra A), epígrafe b), donde dice: <... profesionales o deportivas>, debe decir:

<... profesionales o deportivos>.

En la página 433, anexo I, Especialidades subacuáticas profesionales, apartado 4, donde dice: <... los trabajos de palnimetría>, debe decir:

<... los trabajos de planimetría>.

En la página 433, anexo I, Especialidades subacuáticas profesionales, apartado 5, B) Condiciones comunes a las especialidades expuestas, d), donde dice: <Estas horas se certificarán con los impresos de inmersión y las anotaciones en la Libreta de Actividades Subacuáticas y se computarán por hora o fracción para el tiempo de inmersión,...>, debe decir: <Estas horas se certificarán por la Empresa y se computarán por hora o fracción para el tiempo de inmersión,...>.

En la página 434, anexo III, apartado 1, Títulos Profesionales, punto 1.2, donde dice: <... de Segunda clase Restringido o Pequeña Profundida>, debe decir: <... de Segunda clase Restringido o Pequeña Profundidad>.

En la página 435, anexo III, apartado 1, Títulos Profesionales, Curso de Buceador Profesional de Segunda clase Restringido o Pequeña Profundidad, punto 2.1, epígrafe a), donde dice: <Condiciones físicas de buceador>, debe decir: <Condiciones físicas del buceador>.

En la página 435, anexo III, apartado 1, Títulos Profesionales, Curso de Buceador Profesional de Segunda clase Restringido o Pequeña Profundidad, punto 2.2, epígrafe f), donde dice: <Manteniminto del equipo autónomo>, debe decir: <Mantenimiento del equipo autónomo>.

En la página 436, anexo III, apartado 1, Títulos Profesionales, Curso de Buceador Profesional de Segunda clase Restringido o Pequeña Profundidad, punto 2, donde dice: <... crecientes hasta 15 metros.>, debe decir: <... crecientes hasta 30 metros.>.

En la página 436, anexo III, apartado 1, Títulos Profesionales, Curso de Buceador Profesional de Segunda clase Restringido o Pequeña Profundidad, prácticas exigibles en tierra, punto 3, donde dice: <Manoreductoers y filtros>, debe decir: <Manoreductores y filtros>.

En la página 436, anexo IIII, apartado 1, Títulos Profesionales, Curso de Buceador Profesional de Segunda clase Restringido o Pequeña Profundidad, Cabullería, punto 4, donde dice: <... empalmes y ayustes...>, debe decir: <...empalmes y ajustes...>.

En la página 437, anexo III, apartado 1, Títulos Profesionales, Curso de Buceador Profesional de Segunda clase o Media Profundidad, Conocimientos teóricos mínimos exigibles, punto 8, último párrafo, donde dice: <Elemenos de trabajo para reparaciones...>, debe decir: <Elementos de trabajo para reparaciones...>.

En la página 437, anexo III, apartado 1, Títulos Profesionales, Curso de Buceador Profesional de Segunda clase o Media Profundidad, Prácticas mínimas exigibles, punto 1, Equipos de buceo, donde dice: <...equipos sistemas de buceo...>, debe decir: <...equipos y sistemas de buceo>.

En la página 441, anexo III, apartado 2, Especialidades Subacuáticas, Instalaciones y Sistemas de buceo, Técnicas y utilización de equipos en las operaciones de buceo con mezclas, punto 5, donde dice: <Cámara de descomprensión en cubierta...>, debe decir: <Cámara de descompresión en cubierta...>.

En la página 442, anexo III, apartado 2, Especialidades Subacuáticas, punto 2.3, donde dice: <... Reparaciones a flota y salvamento de buques>, debe decir: <Reparaciones a flote y salvamento de buques>.

En la página 442, anexo III, apartado 2, Especialidades Subacuáticas., punto 2.4, Obras Hidráulicas, Prácticas mínimas exigibles, donde dice: <Reconocimiento varadero Sincrolit>, debe decir: <Reconocimiento varadero Sincrolift>.

En la página 443, anexo IV, apartado 1, De uso general e interdisciplinar, donde dice: <... decálogo del escafrandista...>, debe decir: <... decálogo del escafandrista...>.

En la página 444, anexo IV, apartado 2, Material específico para cada titulación y actividad subacuática, Buceador profesional de primera clase o gran profundidad, donde dice: <... trasvase y comprensión de mezclas>, debe decir: <... trasvase y compresión de mezclas>.

En la página 444, anexo IV, apartado 2, Material específico para cada titulación y actividad subacuática, punto 2.5, Especialidad instalaciones y sistemas de buceo, donde dice: <Campana o torreta de imersión...>, debe decir: <Campana o torreta de inmersión...>.

En la página 445, anexo IV, apartado 2, Material específico para cada titulación y actividad subacuática, punto 2.6, donde dice: <... Especialidad de reparaciones a flota...>, debe decir: <... Especialidad de reparaciones a flote...>.

En la página 445, anexo IV, apartado 2, Material específico para cada titulación y actividad subacuática, punto 2.6, Especialidad de reparaciones a flote y salvamento de buques, donde dice: <Compresor de baja tensión...>, debe decir: <Compresor de baja presión...>.

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 14/04/1993
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Orden de 22 de diciembre de 1995 (Ref. BOE-A-1996-856).
  • Fecha de derogación: 13/01/1996
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Orden de 18 de diciembre de 1992 (Ref. BOE-A-1993-491).
Materias
  • Actividades subacuáticas
  • Enseñanza Náutica
  • Títulos académicos y profesionales

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid