Está Vd. en

Documento BOE-A-1993-7696

Resolución de 1 de marzo de 1993, de la Dirección General para la Vivienda y Arquitectura, concretando ciertos aspectos de tramitación interna relacionados con la Orden de 14 de enero de 1993 sobre módulos para dicho año.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 22 de marzo de 1993, páginas 8602 a 8602 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas y Transportes
Referencia:
BOE-A-1993-7696
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1993/03/01/(4)

TEXTO ORIGINAL

La Orden del Ministerio de Obras Públicas y Transportes de 14 de enero de 1993 estableció los módulos y la ponderación de los mismos aplicable para el año 1993. Con objeto de facilitar determinados aspectos de tramitación, y haciendo uso de las facultades contenidas en la disposición adicional tercera de la misma, resuelvo:

1. A efectos de la preceptiva conformidad de esta Dirección General a los préstamos cualificados concedidos durante 1993 por las Entidades de crédito públicas y privadas que hayan suscrito convenios con el Ministerio de Obras Públicas y Transportes a actuaciones protegibles calificadas en 1992 por la correspondiente Comunidad Autónoma, en el supuesto de que ésta resuelva la actualización del módulo aplicable y su ponderación será suficiente que a la calificación se añada diligencia por el mismo órgano indicando el nuevo módulo aplicable y su ponderación, así como la cuantía máxima del préstamo cualificado que puede obtenerse, en términos absolutos, en las actuaciones calificadas.

Si existiera previamente contrato o promesa de venta u opción de compra, será preceptiva la conformidad expresa de los terceros afectados.

2. A efectos del plazo que establece el articulo 23, 2, c), del Real Decreto 1932/1991, para la solicitud del préstamo cualificado en el caso de adquisición de otras viviendas a precio tasado, regulada en el capítulo III de dicho Real Decreto, no se computarán el mes de diciembre de 1992 ni los de enero y febrero de 1993 cuando se trate de contratos de compraventa celebrados en 1992 y que no hubieran obtenido préstamo cualificado durante dicho año.

Madrid, 1 de marzo de 1993.-La Directora general para la Vivienda y Arquitectura, Cristina Narbona Ruiz.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 01/03/1993
  • Fecha de publicación: 22/03/1993
  • Fecha de derogación: 10/04/1993
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con la disposición final tercera de la Orden de 14 de enero de 1993 (Ref. BOE-A-1993-1255).
  • CITA Real Decreto 1932/1991, de 20 de diciembre (Ref. BOE-A-1992-604).
Materias
  • Préstamos
  • Viviendas de Protección Oficial

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid