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En uso de las facultades conferidas en las disposiciones finales segundas de los Reales Decretos 526/1992, de 22 de mayo, y 980/1992, de 31 de julio, previo informe del Consejo General del Poder Judicial, dispongo:
Artículo 1. El día 1 de diciembre de 1993 entrarán en funcionamiento los siguientes Juzgados:
Juzgados de Primera Instancia
Número 12 de Las Palmas de Gran Canaria.
Juzgados de Primera Instancia e Instrucción
Número 2 de Illescas.
Número 4 de La Bisbal d'Empordá.
Número 7 de Badajoz.
Número 8 de Badajoz.
Juzgados de lo Social
Número 3 de Ourense.
Art. 2. 1. Se deja sin efecto la fecha de 1 de marzo de 1993 para la entrada en funcionamiento de los Juzgados de lo Penal números 3 y 4 de Tarragona y único de Tortosa, disponiéndose el inicio de actividades de estos Juzgados para el día 1 de diciembre de 1993.
2. Los Oficiales, Auxiliares y Agentes al servicio de la Administración de Justicia que hayan obtenido destino en los Juzgados de lo Penal a que se refiere la presente Orden, serán adscritos temporalmente a otros órganos jurisdiccionales de la misma sede, hasta la fecha de entrada en funcionamiento de los citados Juzgados.
Lo que digo a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 24 de febrero de 1993.
DE LA CUADRA-SALCEDO Y FERNANDEZ DEL CASTILLO
Ilmos. Sres. Directores generales de Servicios y de Relaciones con la Administración de Justicia.
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